Boletín 999

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 12 años a exalcalde de Florencia (Caquetá) en fallo de primera instancia

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

En decisión de primera instancia dada a conocer en audiencia pública, la Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general de 12 años al señor Edilberto Ramón Endo, en su condición de alcalde municipal encargado de Florencia (Caquetá) para la época de los hechos, por incumplir normas de obligatorio cumplimiento. 

La Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública evidenció que en su calidad de ordenador del gasto, el exmandatario tramitó y ordenó el reconocimiento económico y pago a la empresa Servintegral S. A. E.S.P. por la suma de $870.312.809, sin contar, previamente, con un Certificado de Disponibilidad Presupuestal. 

Teniendo en cuenta que en la vigencia 2011 efectuó pagos por $100.000.000 de pesos, el disciplinado comprometió recursos del año 2012 en suma equivalente a $770.312.809, con lo cual hizo uso de las vigencias futuras sin tener autorización del Concejo de Florencia como lo exige el ordenamiento jurídico nacional y municipal.

Según el órgano de control el actuar desplegado por el señor Edilberto Ramón Endo demostró la falta de verificación y cuidado para determinar las obligaciones exactas a cargo de la Alcaldía Municipal, con lo cual desprotegió los intereses patrimoniales del municipio de Florencia. 

Para el ente disciplinario el exfuncionario desatendió el artículo 82 del Estatuto Orgánico de Presupuesto que señala “Todos los actos administrativos que afecten apropiaciones presupuestales deberán contar con certificados de disponibilidad previos que garanticen la existencia de apropiaciones suficientes para atender estos gastos. (…) En consecuencia, ninguna autoridad podrá contraer obligaciones sobre apropiaciones inexistentes o exceso del saldo disponible. (…) Cualquier compromiso que se contraiga con violación de estos preceptos creará responsabilidad personal pecuniaria a cargo de quien asuma estas obligaciones”.

Las conductas del exalcalde fueron calificadas como grave y gravísima cometidas con culpa gravísima.

El apoderado del entonces mandatario interpuso el recurso de apelación contra esta decisión de primera instancia dada a conocer en estrados, el cual se resolverá ante la Sala Disciplinaria de la Procuraduría General de la Nación.

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