Boletín 895

Procuraduría formuló pliego de cargos a excomisaria de familia de Montenegro (Quindío) por dejar vencer términos en procesos de restablecimiento del derecho de menores de edad

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos a la señora Luz Carime García Vallejo, en su condición de comisaria de familia de Montenegro Quindío, en el año 2015, presuntamente por incumplimiento de la normatividad vigente en su momento, una vez que dejó vencer los términos de procesos de restablecimiento del derecho de 26 menores de edad.

El órgano de control investiga disciplinariamente a la funcionaria teniendo en cuenta que al parecer incumplió con el término legal de 4 meses establecido en el Código de Infancia y Adolescencia,  perdiendo la competencia para seguir con el conocimiento del asunto e incumpliendo, aparentemente, con el decreto 036 del 29 de mayo de 2015, “por el cual se actualiza el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta de personal del municipio de Montenegro, Quindío, contenido en el decreto 095 del 30 diciembre de 2013”, con lo que pudo incurrir en un presunto incumplimiento de sus funciones.
 
A la señora García Vallejo se le remitieron diferentes procesos de restablecimiento de derechos de los menores para que gestionara su debida tramitación, pero según pruebas recaudadas en el proceso hasta el momento, dejó vencer términos presuntamente violando el principio constitucional de eficacia y la ley 1098 de 2006, y los Juzgados Primero y Segundo Promiscuos Municipales de Montenegro debieron declararle la pérdida de competencia.
 
La Procuraduría Provincial de Armenia, quien adelanta el proceso disciplinario, calificó provisionalmente la falta como grave a título de dolo, quedando demostrados los elementos de atribución de la conducta, la exigibilidad del cumplimiento del deber frente a las normas imputadas, el conocimiento sobre la situación típica y la ilicitud de la conducta, deduciéndose que al parecer la disciplinada actuó con voluntad para abstraerse del cumplimiento de sus deberes funcionales.
 

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