Boletín 289

Procuraduría formuló pliego de cargos en contra de Carlos Gustavo Palacino, en su condición de presidente de Saludcoop

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• La actuación disciplinaria es adelantada por la Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa.

• La Procuraduría General de la Nación ha sancionado en dos decisiones distintas al señor Palacino: con destitución e inhabilidad general por 20 años en noviembre de 2012 y en octubre del mismo año lo inhabilitó por 18 años y le impuso multa por 100 salarios mínimos.

 
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra de Carlos Gustavo Palacino Antía, en su condición de presidente ejecutivo y representante legal de Saludcoop EPS OC, para la época de los hechos, por al parecer desatender directrices de la Superintendencia Nacional de Salud.
 
Según lo indagado preliminarmente, Palacino Antía ignoró lo impartido por el ente de control y vigilancia del sector salud en la resolución 724 de 2008, por cuanto a 31 de diciembre del 2010 la EPS que dirigía presentaba un alto número de anticipos y avances que no se habían legalizado dentro de los tres meses contados a partir de la fecha de su otorgamiento, realizados para actividades  relacionadas directamente con la prestación del servicio de salud, e incluso, se giraron anticipos a personas que no habían legalizado el anterior.
 
Con este comportamiento se evidencia un posible manejo inadecuado de los recursos públicos que ingresaron al Sistema General de Seguridad Social en Salud a través de dicha EPS, encargada de recaudar las cotizaciones por delegación del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga).
 
Para el ente de control, el señor Palacino Antía debió coordinar y controlar la oportuna ejecución de las operaciones de la EPS y su contabilización, con el fin de hacerle seguimiento a esas actividades que le permitieran tomar medidas respectivas para subsanar cualquier falencia, cosa que aparentemente no hizo a pesar de que el revisor fiscal había puesto en conocimiento otras irregularidades relacionadas con las cuentas por cobrar al Fosyga.
 
De conformidad con el artículo 55 del Código Disciplinario Único, la presunta falta disciplinaria que se le imputó al exrepresentante de Saludcoop se calificó provisionalmente como gravísima, a título de culpa grave. 
 

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×