Boletín 1041

Procuraduría formuló pliego de cargos en contra del exalcalde de Cubarral (Meta)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El proceso disciplinario es adelantado por la Procuraduría Provincial de Villavicencio.

 
Por posibles irregularidades al presuntamente omitir el deber de hacer entrega correcta e integral de todos los documentos que faciliten la actividad administrativa, tal como lo prevén las normas de empalme vigentes, la Procuraduría General de la Nación le formuló pliego de cargos al señor Carlos Augusto Pardo Barrera, en su condición de alcalde de Cubarral (Meta) para la época de los hechos. 
 
Los actos objeto del presente proceso disciplinario se presentaron entre el 5 y el 7 de enero de 2012, fecha en la que el señor Pardo Barrera habría incumplido un deber legal y funcional al omitir la entrega formal y efectiva a su sucesor de los asuntos inherentes de la administración, cuando hace dejación del cargo, cuyo alcance o finalidad se circunscribe en la obligación de los servidores públicos del orden nacional, departamental, distrital, municipal y/o metropolitano, en calidad de titulares y representantes legales que al separarse de sus cargos o al finalizar la administración, según el caso, deben rendir un informe a quienes los sustituyan de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.
 
No obstante, a pesar de que su sucesor le hizo varios requerimientos para complementar la información con el propósito de continuar con el desarrollo normal de las actividades propias de la administración, el disciplinado aparentemente no dio respuesta a tal requerimiento, ni habría activado algún mecanismo para solucionar el problema planteado.
 
La conducta en este cargo se le califica provisionalmente como grave a título de dolo, teniendo en cuenta el grado de culpabilidad y la naturaleza esencial del servicio, lo cual se predica bajo el entendido de que es la Alcaldía Municipal un organismo que presta un servicio de carácter administrativo y por lo tanto requiere continuidad en el desarrollo de las actividades en pro del cumplimiento de los acometidos y fines estatales.
 
El disciplinado podrá presentar sus descargos en forma escrita y solicitar y aportar las pruebas que considere pertinente en defensa de sus intereses.
 

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