Boletín 1331

Procuraduría sanciona a exalcalde de Florián (Santander) mediante fallo de segunda instancia

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Mediante fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 12 años al señor Henry Alirio Parra Pineda, en su condición de alcalde del municipio de Florián (Santander), por irregularidades en la suscripción de un contrato para ejecutar una obra que ya había sido realizada dos años atrás.

Dentro de la decisión disciplinaria se destituyó e inhabilitó por 11 años al entonces secretario de Transporte  e Infraestructura del departamento de Santander, Rafael Valero Cetina.

El Ministerio Público estableció que durante su alcaldía el señor Henry Alirio Parra Pineda ejecutó el contrato 248 de septiembre 30 de 2005 para la construcción del polideportivo Centro Educativo Santa Helena Sede C Vereda San José de Florián y dos años después presentó un proyecto que concluyó con la suscripción del contrato 2218 de noviembre de 2007 con el mismo fin, es decir, la construcción del polideportivo.    

El entonces primer mandatario de Florián (Santander) firmó un documento público en el que incluía datos falsos como era la presentación del proyecto del contrato 2218 para la construcción del polideportivo pese a que “dicho objeto ya se había cumplido con el contrato 248 de septiembre 30 de 2005, cuyo proyecto presentó por haberse realizado dentro de su gobierno”.

En cuanto a la conducta del entonces secretario de Transporte  e Infraestructura del departamento de Santander, Rafael Valero Cetina, el Ministerio Público concluyó que incurrió en falta disciplinaria porque invitó a presentar propuesta al proceso de contratación, convocó a veedores, solicitó expedir certificado de disponibilidad y registro presupuestal, pidió certificar que el proyecto se encontraba radicado y registrado en el banco de proyecto y solicitó la elaboración del estudio de conveniencia y oportunidad sin verificar previamente la real necesidad del proyecto a contratar.  

Adicionalmente no se hizo la visita técnica correspondiente al sitio donde se ejecutaría la obra, pues “de haberse hecho, muy seguramente se hubiese advertido la imposibilidad de ejecutar la obra”, puntualizó el Ministerio Público.

De acuerdo con las pruebas recaudadas, el señor Valero Cetina sabía y era consciente de la situación y de la imposibilidad de cumplir el objeto contratado y, en consecuencia, suscribió un acta de suspensión del contrato con el propósito de definir el lugar donde pudiera construirse el otro polideportivo. 

Considera la Procuraduría que con esta suspensión del contrato el exfuncionario permitió la permanencia de la irregularidad en el tiempo.

La Procuraduría advirtió que contra esta determinación disciplinaria no procede recurso alguno.

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