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viernes, 1 diciembre 2017 05:40 PM

Procuraduría sancionó con suspensión de 9 meses a 12 exdiputados de Santander

 

Bogotá, 1 de diciembre de 2017. Por extralimitación de funciones, la Procuraduría Regional de Santander sancionó con nueve meses de suspensión a 12 exdiputados de la Asamblea Departamental de Santander para el año 2013.

Los sancionados son Fernán Gabriel Rueda Domínguez, Iván Fernando Aguilar Zambrano, Álvaro Celis Carrillo, Luis Eduardo Díaz Mateus, Luis Tulio Tamayo Tamayo, Rubiela Vargas González, Jorge Eliecer García Jaimes, José Ángel Ibáñez Almeida, Luis Fernando Peña Riaño, Édgar Higinio Villabona Carrero, Camilo Andrés Arenas Valdivieso y Henry Hernández Hernández.

Mediante la Ordenanza 123 de 4 de octubre de 2013, los disciplinados otorgaron facultades temporales al contralor general de Santander para modificar la estructura organizacional, el Manual de Funciones y Competencias, el Manual de Operaciones y Procedimientos, las cargas laborales, la escala salarial de la Contraloría Departamental y para suprimir el cargo de conductor, y en su lugar crear uno de profesional universitario.

Con esta actuación los entonces diputados desconocieron el numeral 9 del artículo 300 de la Constitución Política que establece que son funciones de las Asambleas: "Autorizar al gobernador del departamento para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes y ejercer, pro tempore, precisas funciones de las que corresponden a las Asambleas Departamentales (...)”.

Así mismo, transgredieron el Código Disciplinario Único, que en el numeral primero del artículo 35, establece las prohibiciones para los servidores públicos: “Incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución, (…) las leyes, los decretos (…)”.

Las faltas cometidas por los exfuncionarios fueron consideradas como graves cometidas con culpa gravísima, teniendo en cuenta el grave daño social de la conducta y la afectación de derechos fundamentales.

Atendiendo que el fallo tiene que ver con hechos ocurridos en 2013, y que corresponden a la anterior asamblea, el término de la suspensión se convertirá en un pago equivalente a los salarios devengados durante 9 meses, tal como lo establece el inciso segundo del artículo 46 de la Ley 734 de 2002.

Contra esta decisión de primera instancia 11 diputados interpusieron recurso de apelación. El expediente pasará a la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa.

La audiencia para sustentar la apelación se llevará a cabo el 14 de diciembre de 2017 a partir de las 8:30 de la mañana.

José Ángel Ibáñez Almeida no presentó recurso, por lo que su sanción quedó en firme.

CCJ/jpm

Foto tomada de http://www.vanguardia.com

PGN | Fecha Publicación: viernes, 1 diciembre 2017 05:40 PM

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