Boletín 576

Procuraduría solicitó a la Corte Constitucional confirmar el fallo de segunda instancia del Consejo de Estado que no autorizó realizar la consulta popular de corridas de toros en Bogotá

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• Para el ente de control, la Alcaldía Mayor de Bogotá se excedió en sus funciones al pretender regular asuntos de interés nacional.

• De igual manera, señaló que la consulta popular no era el mecanismo idóneo para regular una práctica que está contemplada en una ley de carácter nacional.

 

La Procuraduría General de la Nación le solicitó a la Corte Constitucional confirmar el fallo de segunda instancia proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, por el cual no se autorizó la realización de la consulta popular promovida por la Alcaldía Mayor de Bogotá sobre la realización de corridas de toros en la capital.

El jefe del Ministerio Público señaló que el alcalde mayor de Bogotá para el época, Gustavo Petro, excedió las atribuciones que se corresponda con la autonomía territorial, al pretender regular asuntos de interés nacional; así como las facultades desprendidas de su función de policía, al comprometer potencialmente derechos fundamentales.

Por otra parte, indicó que la consulta popular no es el mecanismo idóneo para regular una práctica que ya está contemplada en una ley de carácter nacional y no tiene la capacidad de derogar una norma que ha emitido el Congreso en su competencia legislativa y que, por lo tanto, es vinculante y de obligatorio cumplimiento.

Así mismo, puntualizó que, en todo caso, el poder primario tiene la posibilidad de decidir sobre cualquier tema mediante los mecanismos constitucionales de participación pero siempre y cuando esto se haga cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley para su ejercicio, ya que sería un sinsentido concebir que existan temas cuyo tratamiento le está vedado a su soberanía.

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