Boletín 176

Que se declare delito de lesa humanidad el homicidio agravado de Álvaro Gómez Hurtado, solicitó la Procuraduría General de la Nación a la Corte Suprema de Justicia

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

La Procuraduría General de la Nación solicitó a la Sala de Casación penal de la Corte Suprema de Justicia, que los homicidios agravados de Álvaro Gómez Hurtado y José del Cristo Huertas Hastamorir sean declarados crímenes de lesa humanidad, y en consecuencia, las acciones penales respectivas sean imprescriptibles.

 

Para el Ministerio Público está claro el elemento de sistematicidad, según los tratados y jurisprudencia sobre el tema, además de ser evidente que dichos homicidios se presentaron dentro de un contexto de agresión mortal y generalizada de poderosas bandas de delincuentes con intereses narco paramilitares. Se resalta en la solicitud, que tiene más importancia el ataque sistemático que lo numeroso de los delitos y víctimas.
 
La definición de crimen contra la humanidad o de lesa humanidad se encuentra descrita en el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, a lo que el Ministerio Público precisa que “pese a que el tipo penal expresamente exige un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella, lo que puede sugerir la necesidad de un sujeto pasivo colectivo, la doctrina coincide en la no exigencia de una generalidad de víctimas como elemento necesario del tipo, sino que se refiere al contexto o línea de conducta del que pueden formar parte, con lo que un solo acto típico puede dar lugar al delito de lesa humanidad sin formar parte del ataque generalizado o sistemático”.
 
Con esta solicitud el Ministerio Público cumple su deber y responsabilidad jurídica de evitar “la impunidad de un delito tan grave como éste y tan motivado por los abyectos intereses del narcotráfico”, como resalta el escrito de petición de la Procuraduría.
 

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