Boletín 509

Sancionado en segunda instancia exalcalde de Hacarí (Norte de Santander)

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

• El funcionario público pagó nómina con recursos para la salud.

La Procuraduría General de la Nación sancionó en fallo de segunda instancia con suspensión en el ejercicio del cargo por 6 meses e inhabilidad por el mismo término a José Aníbal López Bautista, en su condición de alcalde municipal de Hacarí (Norte de Santander) para la época de los hechos, por incurrir en extralimitación de funciones al haber utilizado recursos de salud pública para el pago de un contrato de prestación de servicios.

Los hechos materia de reproche disciplinario consistieron en cancelar el valor correspondiente a las actividades de desarrollo y coordinación del Plan de Atención Básica, en contravía de lo consignado en la circular externa 00018 de 2004 del Ministerio de Protección Social que indicó: “los coordinadores territoriales del PAB o de Salud Pública deberán financiarse con los recursos de funcionamiento de la respectiva entidad territorial”.

La falta fue calificada como gravísima a título de culpa grave. En caso de no estar ejerciendo función pública, la sanción se hará efectiva conforme a lo previsto en el artículo 46 del Código Disciplinario Único, convirtiendo el tiempo de suspensión en sanción monetaria correspondiente a lo devengado por el disciplinado al momento de la ocurrencia de los hechos.

Por ser una decisión de segunda instancia, contra la misma no procede ningún recurso.

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