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miércoles, 18 octubre 2017 04:35 PM

Procuraduría suspendió e inhabilitó por 12 meses a secretaria de Gobierno de Barrancabermeja, Santander

 

Bogotá, 18 de octubre de 2017. Por participación indebida en política, la Procuraduría Provincial de Barrancabermeja suspendió e inhabilitó por 12 meses a Mayerly Ulloque Rodríguez, quien se desempeña como secretaria de Gobierno municipal de Barrancabermeja (Santander) para la vigencia 2017.

Se evidenció que la servidora presionó indebida e ilegítimamente al electorado, al expresar abiertamente en una entrevista que concedió el 14 de junio de 2017, frases en las cuales manifestó “que el NO hace parte del conteo para el umbral, entonces no es miedo, es que para eso existe el mecanismo de la abstención. La persona que vaya y vote por el NO está dándole un voto a los de la revocatoria”.

Asimismo en las declaraciones publicadas en la red social Facebook por el periódico virtual ‘Dígame Magdalena Medio’ expresó que “(…) somos funcionarios públicos, y debemos mencionar lo que la ley exige, abstención, NO y a favor, pero estos dos, lo que es a favor y el NO, hacen sumar votos, cosa que a nosotros obviamente como municipio no nos interesa, nosotros promovemos o estamos dispuestos y queremos de que se dé pues obviamente el proceso de abstención”.

La Procuraduría Provincial de Barrancabermeja concluyó que la funcionaria, valiéndose de su investidura pública, tuvo acceso a los medios de comunicación con un fin de carácter oficial, y sin embargo, los utilizó con propósitos electorales, más exactamente para promover campaña por la abstención en las elecciones de revocatoria del mandato del alcalde de Barrancabermeja, Darío Echeverry Serrano opción que a la postre fue la que se impuso en la jornada electoral.

El ente de control calificó la falta como gravísima a título de culpa grave por haber atentado contra derechos fundamentales de la ciudadanía y la propia democracia participativa como pilar esencial del estado social de derecho; advirtiendo que la funcionaria desconoció abiertamente los límites que la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han fijado, respecto del derecho a participación en política de algunos servidores públicos.

Consideró la Procuraduría que la diligencia y eficiencia demostrada por Ulloque Rodríguez en el desempeño de su cargo no fueron las esperadas por el electorado y la ciudadanía, que merecía unas actuaciones imparciales, transparentes, y ajustadas a derecho; máxime cuando la funcionaria era la encargada precisamente de coordinar todo el proceso electoral con las autoridades de la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral.

Dentro de las normas vulneradas se citó, entre otras, el artículo 35 de la Ley 734 de 2002 que contempla como prohibición a los servidores públicos “incumplir los deberes o abusar de los derechos o extralimitar las funciones contenidas en la Constitución (…)”.

Contra esta decisión de primera instancia se interpuso recurso de apelación que será resuelto por el Procurador Regional de Santander.

CCJ/jpm

PGN | Fecha Publicación: miércoles, 18 octubre 2017 04:35 PM

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