Boletín 362

Procuraduría suspendió provisionalmente a seis concejales de Puerto Carreño, Vichada

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  •          Al parecer, aprovechando sus investiduras, los implicados habrían incurrido en irregularidades disciplinarias entorpeciendo el normal desarrollo de la administración municipal.

La Procuraduría Regional del Vichada ordenó la suspensión provisional, por el término de tres meses, de seis concejales del municipio de Puerto Carreño (Vichada), sin derecho a remuneración durante el término que dure la medida cautelar y, advirtió que, durante ese lapso no podrán ejercer cargos públicos o contratar con el Estado. 

La medida cobija a Javier Alberto Arenas Cerón, Julián Arboleda Hurtado, Franklin Humberto Arias Grisales, Josué David Guarín Valbuena, Rubén Darío Gómez Solano y Edward Ricardo Garcés León, en su condición de concejales para el período 2016-2019. 

El ente de control señaló que, al parecer, sin argumentación legal y de manera caprichosa, los investigados negaron las facultades al alcalde de Puerto Carreño para contratar y suscribir convenios en el 2017. 

Ante esa negativa, en el marco de las funciones propias del despacho y para atender las mismas, tras concluir las sesiones ordinarias y antes de terminar la vigencia 2016, mediante decreto, el alcalde convocó a la corporación a sesiones extraordinarias sin que los ediles hubiesen concurrido a la deliberación. 

Como consecuencia de ello se tuvo que recurrir a la figura de urgencia manifiesta para  celebrar los contratos que garantizaran la continuidad del servicio público de atención a la población carcelaria, se suspendió el proceso de selección abreviada de menor cuantía para contratar la alimentación de la población carcelaria en el 2017, pues a pesar de que en el 2016 se solicitó autorización para comprometer vigencias futuras con ese fin, estas fueron aprobadas para ser utilizadas solo hasta el 31 de diciembre/16, lo cual denota la incoherencia y falta de compromiso de los cabildantes. 

Para la Procuraduría los actuales cabildantes habrían podido vulnerar deberes de los servidores públicos consagrados en el artículo 34 de la Ley 734 de 2002.  

En esta etapa procesal se calificaron como graves las faltas disciplinarias investigadas.

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