454 boletín
miércoles, 13 mayo 2015 01:31 PM

"El Gobierno es el que debe ser honesto y decirle a Colombia qué pactaron con las FARC en La Habana en materia de fumigación con glifosato": Procurador Alejandro Ordóñez Maldonado

 

• El jefe del Ministerio indicó hoy que “el Gobierno debe ser coherente y debe ser claro. Aquí estamos ante la ejecución de un acuerdo del Gobierno Nacional en La Habana para suspender las fumigaciones. En eso el Gobierno debe ser honesto y transparente”.

“En la documentación que hizo pública ayer la Procuraduría (concepto Instituto Nacional de Salud) y de los estudios elaborados por el Ministerio de Salud y Seguridad Social y el Ministerio de Ambiente como consecuencia del cumplimiento del Auto de la Corte Constitucional, está claramente determinado que no se dan los requisitos para la aplicación del principio de ‘precaución’”, señaló el procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, sobre la solicitud que hiciera el Gobierno al Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) de suspender las fumigaciones con glifosato en Colombia.

En diálogo con los medios de comunicación en el marco del Foro “La Justicia Transicional en Colombia y el papel de la Corte penal Internacional” que se llevó a cabo hoy en la Universidad del Rosario en Bogotá, el procurador explicó que “esos son los debates que mañana voy a sostener en el seno del Consejo Nacional de Estupefacientes. Yo espero que eso no sea un ‘pupitrazo’ o una encerrona más. Espero que no sea la ejecución de lo que se acordó en La Habana. EL CNE debe discutir con suficiente objetividad, con los insumos que se tienen y verificar si el Ministerio de Salud y el Ministerio del Medio Ambiente cumplieron las condiciones exigidas en el Auto de la Corte Constitucional, que ordenaba la elaboración de unos estudios técnicos-científicos de impacto de las fumigaciones con glifosato”.

Sobre la calificación que le hiciera el ministro de Salud, Alejandro Gaviria, al procurador el día de ayer como “deshonesto intelectual” luego de evidenciar el concepto del Instituto Nacional de Salud, el doctor Ordóñez indicó que “el Gobierno es el que debe ser honesto y decirle a Colombia qué pactaron con las FARC en La Habana en materia de fumigación con glifosato”.

Procurador socializa con la opinión pública estudios técnicos sobre potencial impacto de aspersión con glifosato 

El jefe del Ministerio Público indicó que el día de ayer funcionarios de la Procuraduría General de la Nación visitaron el Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, así como el Ministerio de Salud y Protección Social para revisar la gestión adelantada por ambas entidades respecto al cumplimiento de las órdenes dadas por la Corte Constitucional en el marco de la sentencia T-025 de 2004.

El Gobierno Nacional justifica su decisión de suspender la aspersión de glifosato en el cumplimiento de la orden de la Corte Constitucional en el Auto 073 de 2014, que se dictó por la sala especial de seguimiento de la citada sentencia. 

Tal orden consiste en la realización de “estudios técnicos y científicos” que determinen el impacto en la salud de las personas y en el ambiente de las actividades de aspersión aérea con glifosato y de exploración y explotación de minería, específicamente, en la región pacífico del departamento de Nariño.

Señala la Corte que teniendo en cuenta los criterios establecidos en el mismo auto, en caso de no llegar durante el término de 3 meses “a una conclusión definitiva con base en criterios técnicos y científicos razonables sobre la inexistencia de un riesgo actual, grave e irreversible para el medio ambiente y/o la salud de las personas en los territorios ancestrales de la región pacífica de Nariño producto de una o varias de las actividades evaluadas, se ORDENA a la Ministra de Ambiente y Desarrollo Sostenible dar aplicación inmediata al principio de precaución y ordenar la suspensión de las actividades que pongan en peligro los derechos colectivos de los pueblos étnicos de esa región”.

Tales estudios, al igual que el producido por el Instituto Nacional de Salud y revelado integralmente el día de ayer por la Procuraduría General de la Nación, no son de conocimiento de miembros del Consejo Nacional de Estupefacientes, ni de la opinión pública.

En las visitas, la Procuraduría General recibió de parte de los ministerios varios documentos. Entre ellos:

Carta con la firma de ambos ministros dirigida a la Corte Constitucional sobre el cumplimiento de la orden consignada en el numeral 15 del auto 073. 

En tal comunicación de 3 de julio de 2014 los dos ministros señalan:

“Se aclara que de la información recopilada a la fecha dentro del proceso de elaboración del estudio requerido se establece que no es procedente la aplicación del principio de precaución ya que no se configuran los elementos exigidos para la adopción de dicha medida, de acuerdo a lo señalado por esta Alta Corporación”.

Del mismo modo, recibió el estudio ordenado por el Auto 073 de 2015 de fecha 28 de noviembre de 2014.

La Parte I titulada “Glifosato” tiene las siguientes conclusiones:

“Los Ministerios de Ambiente y Desarrollo Sostenible, de Salud y Protección Social, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales y el Instituto Nacional de Salud realizan este estudio en los que se consignan resultados de revisión de información secundaria e información primaria, para determinar las afectaciones a la salud humana y los impactos ambientales de la mezcla GCA”

GCA traduce glifosato, cosmoflux – agua, que es la mezcla que se emplea en la aspersión aérea de cultivos ilícitos.

Sigue la conclusión de los ministerios de Salud y de Ambiente:

“…la revisión de la información secundaria y la obtención de datos primarios obtenidos en el seguimiento que realiza la ANLA y el INS al PECIG, permite afirmar que no existe información concluyente que permita afirmar que la aspersión de la mezcla GCA en el departamento de Nariño causa un daño grave e irreversible sobre el ambiente. Es decir, la aspersión de la mezcla GCA no supone un efecto, imposibilidad o dificultad extrema de retornar por medios naturales a la situación anterior a la acción que produce la aspersión de la mezcla GCA”.

Esta conclusión general se justifica a partir de 11 conclusiones específicas.

Para que los ciudadanos y la comunidad internacional puedan hacer su propio criterio y no caigan en la desinformación, al igual que hizo con el documento del Instituto Nacional de Salud, revelado ayer, la Procuraduría General en su página web ya publicó la totalidad de las conclusiones y el estudio completo.

Dos de las conclusiones específicas:

“i) En relación al componente salud, el peor escenario evaluado, se demuestra que la mayor dosis posiblemente recibida es mucho menor que el mínimo nivel al cual podría presentarse algún efecto adverso. De cualquier manera los márgenes de exposición para todos los casos de exposición indirecta son mayores de 100, lo cual habla de la seguridad del producto”.

“j) Si se considera a las personas que permanecen en lugares alejados de las zonas fumigadas (a más de 2 km) y, teniendo en cuenta que la máxima deriva del producto en aspersiones del PECIG es de hasta 160 metros en condiciones de viento variable, es altamente improbable y prácticamente imposible que se presente algún efecto que pueda relacionarse directamente con el glifosato en estas personas. Por lo demás, la posible exposición estaría relacionada con la máxima exposición en personas que no manipulan directamente el producto y no viven en zonas fumigadas, es decir, más de tres mil trescientas veces menor que el menor NOAEL tanto para exposiciones agudas como crónicas. En consecuencia, si no se esperan exposiciones mínimas con algún efecto adverso, de ninguna manera se esperaría algún efecto que produzca la muerte o incapacidad permanente”.

Conclusiones del estudio técnico

Conclusiones de la Procuraduría General de la Nación

1. El Gobierno sustenta la suspensión de la aspersión de cultivos ilícitos con glifosato en el cumplimiento del Auto 073 de 2014, que a su vez ordena la realización de estudios técnico –  científicos.

2. El estudio técnico - científico elaborado por el Ministerio de Salud y Medio Ambiente y remitido a la Corte Constitucional hace 6 meses asevera que “no existe información concluyente que permita afirmar que la aspersión de la mezcla GCA en el departamento de Nariño causa un daño grave e irreversible sobre el ambiente”, así como señala la “seguridad del producto” para la salud en su uso en la aspersión.

3. El Gobierno es consciente de estás conclusiones y por esa razón en cumplimiento del Auto 073, una vez entregó los estudios en noviembre pasado a la Corte Constitucional, no aplicó el principio de precaución, pues no se cumplen los requisitos necesarios.

4. El Gobierno entregó a la Corte el estudio pero no lo divulgó. Tampoco lo remitió a miembros del Consejo Nacional de Estupefacientes a pesar de señalar que la suspensión de la aspersión era el cumplimiento de la orden dada por la Corte Constitucional en el Auto 073 de 2014.

5. Un escenario del informe del Instituto Nacional de Salud de hace dos semanas señala que “las conclusiones obtenidas por la IARC, soportadas en las referencias presentadas en el documento publicado el 20 de marzo de 2015 en Lancet Oncology, no llevan a un escenario real de cambio en el nivel de riesgo para la salud de la población general que potencialmente pueda verse expuesta accidentalmente al herbicida glifosato, bajo sus condiciones actuales de uso en el programa PECIG.

Esta conclusión concuerda con el proceder que el sector salud ha mantenido frente al riesgo real  que tiene la población general al exponerse al glifosato utilizado en las operaciones de aspersión aérea, soportada en la evaluación de riesgo realizada previamente para autorizar su uso, en el seguimiento efectuado a los casos presuntamente relacionados, así como en la revisión periódica de evidencia relacionada con efectos sobre la salud atribuibles al glifosato en diferentes estudios, y sobre los cuales pueden tomarse decisiones respecto a su uso en el PECIG, en el marco de la aplicación de la ficha 7 de la Resolución 1054 de 2003”.

Eso implica que no hay circunstancias que cambien el nivel de riesgo, ni las conclusiones del estudio presentado en noviembre de 2014 por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Ambiente a la Corte Constitucional.

6. Además, en ese informe del Instituto Nacional de Salud se examina la continuidad o la suspensión de la aspersión con glifosato y se llega en el segundo escenario (punto 7.2) a una conclusión contundente: 

“Dado que no se cumplen los cinco requisitos establecidos por la Corte Constitucional, para dar aplicación al principio de precaución, no consideramos viable el argumento de acogerse al mismo”. En otras palabras, no se puede suspender la aspersión escudándose en el principio de precaución.

Esa conclusión es muy importante, teniendo en cuenta que para justificar la suspensión de la aspersión de cultivos ilícitos con glifosato el Gobierno Nacional se excusa en que debe aplicar el principio de precaución, a pesar de que el Instituto Nacional de Salud, la autoridad técnico – científica competente, le señaló que tal principio no se puede aplicar, lo cual deja sin fundamento la decisión de suspensión. 

 

PGN | Fecha Publicación: miércoles, 13 mayo 2015 01:31 PM

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