Boletín 217

A audiencia ex alcalde de Cáchira, Norte de Santander

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  • Este 3 de abril de 2017 deberá responder por presuntamente omitir la entrega del acta de empalme de gestión dentro del término legal establecido.

La Procuraduría Provincial de Bucaramanga investiga a Hermán Fernando Jaime Mora, alcalde municipal de Cáchira (Norte de Santander) para el periodo 2012 – 2015, quien al parecer omitió presentar a quien lo sustituyó, dentro de los quince días hábiles siguientes a la finalización de su administración, el acta de informe de gestión que debía contener los asuntos de su competencia, así como del manejo de los recursos financieros, humanos y administrativos que tuvo asignados.

Este documento que los mandatarios salientes tienen la obligación de presentar a los entrantes se constituye en el instrumento clave para la elaboración del Plan de Desarrollo de las administraciones que asumen, de tal forma que permite garantizar una mejor planeación y gestión administrativa, así como una adecuada protección de los recursos públicos.

A juicio de la Procuraduría, con esta presunta omisión el sujeto disciplinable pudo haber incumplido el artículo 3º de la Ley 951 de 2005 que establece que el proceso de entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos deberá realizarse, entre otras, al término e inicio del ejercicio de un cargo público o de la finalización de la administración para los particulares que administren fondos o recursos del Estado.

Así mismo pudo transgredir la Circular 035 del 11 de noviembre de 2011 suscrita por el máximo jefe del Ministerio Público que contempla que “Los administradores territoriales salientes no se podrán abstener de presentar el informe de gestión y suscribir las respectivas actas de entrega en el marco de la normatividad ya citada, quienes incumplan esta obligación podrían incurrir en falta disciplinaria por omisión al deber funcional, tal como lo señalan los numerales 1 y 2 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002”.

Recordó el ente de control que los servidores que representan a las entidades públicas “deben someterse al cumplimiento de la ley, para que los fines de la misma se cumplan a cabalidad” dado que,  por mandato constitucional, deben responder disciplinariamente por sus comportamientos.

En esta etapa del proceso, la falta del disciplinable fue considerada como grave a título de culpa gravísima, por presuntamente obrar con negligencia y desconocimiento de su deber funcional.

La diligencia tendrá lugar el 3 de abril de 2017, a partir de las 8 de la mañana, en la Procuraduría Provincial de Bucaramanga.

. . . .

Noticias Relacionadas

 
×