87 boletín
viernes, 15 febrero 2019 10:37 AM

Procuraduría formuló cargos contra exfuncionarios de la Supersociedades y Supersolidaria

 
Ilustración: PGN

Bogotá, 15 de febrero de 2019. La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra funcionarios de la Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) y la Superintendencia de la Economía Solidaria (Supersolidaria), por presuntas irregularidades relacionadas con el mercado de libranzas.

Los exfuncionarios de la Supersociedades investigados son: la superintendente delegada para Procedimientos de Insolvencia, Ángela María Echeverri Ramírez, y la superintendente delegada para la Inspección Vigilancia y control, María Isabel Cañón Ospina, quienes se desempeñaron entre mayo de 2012 y marzo de 2015.

De la Supersolidaria, los ex superintendentes delegados: para la Supervisión del Ahorro y la Forma Asociativa Solidaria entre marzo de 2011 y julio de 2015, Beatriz Duque Montoya; Juan Alberto Cortés Monsalve (encargado y en propiedad), Beatriz Elena López Ortega (E) y Guillermo León Hoyos.

Se les cuestiona a los exfuncionarios la presunta omisión en sus funciones de supervisión (inspección, vigilancia y control), a operaciones de compra y venta de cartera de libranzas relacionadas con asociados de cooperativas y accionistas de las sociedades comerciales Estraval y Elite International de las Américas S.A.S.

Con este comportamiento los investigados habrían podido contribuir a que las conductas irregulares de los directivos de las cooperativas y sociedades citadas persistieran en el tiempo, se agravaran y finalmente culminaran con detrimento para numerosos inversionistas y para el buen orden económico y jurídico del país.

Para la Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública los entonces funcionarios de la Supersociedades pudieron desconocer lo dispuesto en los artículos 83 y 85 La Ley 222 de 1995 y los funcionarios de la Supersolidaria pudieron desconocer el numeral 4o del artículo 10 del Decreto 186 de 2004 y los numerales 2 y 4 del artículo 35 de la Ley 454 de 1998, entre otros.

En ejercicio del derecho a la defensa, los sujetos procesales podrán presentar su versión acerca de los hechos objeto de investigación y solicitar o aportar las pruebas documentales o testimoniales que estimen pertinentes, en la etapa de descargos. 

CCJ/ram | Fecha Publicación: viernes, 15 febrero 2019 10:37 AM

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