Boletín 218

Cargos contra expresidente del Concejo Municipal de Calarcá

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  • Las presuntas faltas están relacionadas con irregularidades en la suscripción y pago de contratos de suministro y de prestación de servicios.

La Procuraduría Provincial de Armenia formuló cargos contra Orlando García Tamayo, en su condición de presidente del Concejo Municipal de Calarcá para el año 2013.

A García Tamayo se le endilgaron tres cargos. El primero porque, al parecer, suscribió y ordenó el pago de dos contratos de suministro de elementos de aseo con el señor Marco Tulio Amaya Galvis, omitiendo realizar los estudios previos, determinar la modalidad de selección del contratista y publicar en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP) en la fecha de expedición o a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes.

En el segundo y tercer cargo se le cuestiona por suscribir y ordenar el pago de 10 contratos de prestación de servicios que, aparentemente, tampoco fueron publicados en el SECOP, según lo estipulado legalmente.

Con su actuar el entonces concejal habría incumplido las leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y el Decreto Reglamentario 734 de 2012, que regulan los principios de planeación, publicidad y transparencia en la contratación estatal.

Así mismo habría incumplido el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, el cual señala que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Las presuntas faltas cometidas por el investigado fueron calificadas en esta etapa del proceso como gravísimas con culpa gravísima por cuanto, presuntamente, se vulneraron normas de obligatorio cumplimiento.

El ente de control advirtió que el implicado podrá presentar descargos y solicitar o aportar las pruebas que considere conducentes para su defensa.

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