Boletín 428

Reflexión y armonización de comunidades indígenas

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  • Su justicia es diferente a la de occidente, en donde entre más casos se resuelvan mejor es el juez y el fiscal. Para estas comunidades  entre menos casos se registren en su territorio son más efectivos.

Daniel Fernando Espinosa Silva, Procurador Delegado  para la Prevención en Materia de DD.HH. y Asuntos Étnicos, manifestó en el panel “Buenas prácticas en infraestructura de los sistemas penitenciarios y carcelarios” que la sociedad se ha visto abocada al gran desafío de comprender las implicaciones del principio constitucional de reconocimiento y protección de la diversidad étnica y cultural de la Nación,  que constituye uno de los fundamentos del estado social de derecho democrático, pluralista y participativo.

Señaló que esta actividad se traduce en un proceso de entendimiento y aceptación del pluralismo jurídico que estableció el artículo 246 de la Constitución Política, lo que permitió a los pueblos indígenas adoptar sistemas acordes a sus prácticas, usos y costumbres, diferentes a los que tradicionalmente aplica el Estado.

Pedro Posada, Defensor Delegado para Indígenas y Minorías Étnicas de la Defensoría del Pueblo, hizo énfasis  en la necesidad de crear interculturalidad, de tener la capacidad de mirar que hay una sociedad diversa. Hay una jurisdicción reconocida que tiene que tener una coordinación con la nacional.  

Agregó que en Colombia hay 104 pueblos indígenas y 67 lenguas, quienes aunque tienen principios comunes son culturas bien distintas, por tanto, es preciso hablar de multijurisdiccionalidad, donde se requiere de coordinación y armonización entre el hombre, la naturaleza y la comunidad. Hay que tener en cuenta el territorio donde se comete el delito, el sujeto y su entendimiento de la norma. Este tema requiere de un trabajo con las diferentes entidades del Estado y los entes de control.

Planteó la importancia de la ley de coordinación de jurisdicciones para saber que una persona está cumpliendo una pena acorde a sus usos y costumbres y a formas de resocializarse.

Jorge León Ospina Gallego, asesor de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior, abordó el tema de la diversidad cultural. Indicó que se necesita apertura en el ámbito institucional para contribuir al proceso de derechos fundamentales de la población indígena privada de la libertad.

Su propuesta va encaminada a que la sanción debe tener un enfoque étnico cultural para que los indígenas puedan asumir las condenas en su ámbito territorial sin vulnerar sus derechos. 

Yilmar Eduardo Barona Mestizo, indígena de la Comunidad Nasa del Cauca, explicó que la jurisdicción especial indígena es confundida con la justicia indígena,pese a que la primera se da cuando se tiene contacto con el mundo de occidente, es decir, con los jueces o fiscales y la segunda hace referencia a la justicia que los indígenas ejercen en sus pueblos, de acuerdo con sus usos y costumbres. 

Señaló que estas comunidades tienen su propio sistema. Lo que para la jurisdicción ordinaria es un delito para ellos no. Tienen consolidada las generalidades de los casos que atienden al interior del resguardo y con esta dinámica están asumiendo, en promedio, entre 1000 y 1500 casos de 7 municipios y 20 resguardos del norte del Valle del Cauca que no van a la justicia ordinaria, ahorrando ese gasto a nivel nacional.

Su justicia es diferente a la de occidente en donde entre más casos se resuelvan mejor es el juez y el fiscal, para ellos es al contrario: entre menos casos se den al interior del territorio es más efectiva la justicia.

Señaló que su sistema busca prevenir, regular, armonizar y restablecer los comportamientos negativos, no sancionar a la persona solo en la parte física sino también en la parte espiritual. Quien comete una falta o un delito es por la enfermedad que tiene y que debe ser tratada, a diferencia, dijo, de occidente donde tratan el delito sin mirar la persona y su contexto.  En la fase de tratamiento se involucra a la familia en los centros de armonización, la formación y la capacitación a través del manejo espiritual son su fundamento así como el reintegro a la vida comunitaria.

 

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