Acuerdos de pago - Decreto 624 de 2020

martes, 19 mayo 2020

El artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 establece que la Nación podrá reconocer como deuda pública las obligaciones de pago originadas en sentencias o conciliaciones debidamente ejecutoriadas y los intereses derivados de las mismas, que se encuentren en mora en su pago a la fecha de expedición de la citada ley.

De acuerdo con lo anterior y de conformidad con el artículo 4° del Decreto No. 642 del 11 de mayo de 2020 "Por el cual se reglamenta el artículo 53 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, en lo relacionado con las gestiones que deben adelantar las entidades que hagan parte del Presupuesto General de la Nación para el reconocimiento como deuda pública y pago de las sentencias o conciliaciones que se encuentren en mora", la Procuraduría General de la Nación INVITA a todas aquellas personas (Beneficiarios Finales y/o Apoderados) que ostenten la calidad de acreedor de una sentencia o conciliación debidamente ejecutoriada, que se encuentre en mora en su pago a la fecha de expedición de la Ley 1955 de 2019, esto es al 25 de mayo de 2019 y que reúna los requisitos establecidos en el Decreto No. 642 de 2020, a celebrar ACUERDOS DE PAGO con esta Entidad.

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