Boletín 382

Por acción de la Procuraduría se reactivó la investigación penal por compra de plantas de ozonización

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

Por acción de las Procuradurías Regional de Boyacá y 174 Judicial II Penal de Tunja, la Fiscalía Seccional de esa ciudad reabrió la investigación por el presunto desfalco de dineros al departamento de Boyacá, relacionado con la compra de plantas de ozonización de aguas para las ciudades de Chiquinquirá y Duitama en el año 2003.

El caso tiene que ver con la celebración de dos convenios suscritos en el 2002 entre el departamento de Boyacá y la Administradora Pública Cooperativa de Municipios y Entidades Estatales (Comente), los cuales fueron cedidos en el mes de julio de 2003 por parte de la Administradora Pública Comente al Infiboy, previa autorización del entonces gobernador de Boyacá.

El primero de los convenios se firmó con el objeto de ejecutar el proyecto de optimización de la planta de tratamiento de agua potable del casco urbano con el sistema de ozonización de Chiquinquirá, por un valor estimado para esa época de $916.000.964,50, y el segundo, para la optimización de agua en el sector La Milagrosa de Duitama, por un valor estimado de $1.061.392.500, para el momento de la suscripción del convenio.

El Ministerio Público conoció que, al parecer, la instalación de las plantas de tratamiento fue cumplida parcialmente.Se cuestiona la omisión en la ampliación de las garantías, el abandono de la maquinaria adquirida en virtud de los referidos convenios, desde el año 2006 a la fecha, y la falta  legalización de la misma al momento de ingresar al país, hechos que han agravado los problemas que enfrentan los habitantes de los referidos municipios por la falta de suministro de agua potable, la ausencia de un funcionario idóneo que las opere y la falta de liquidación de los convenios.

Esta situación fue puesta en conocimiento de las procuradurías provinciales de Chiquinquirá y Santa Rosa de Viterbo para que inicien las actuaciones disciplinarias respectivas en contra de los alcaldes y funcionarios responsables, por la presunta omisión en el ejercicio de sus funciones, al no adelantar las actuaciones tendientes a poner en funcionamiento las plantas de tratamiento de agua, causando con ello un posible detrimento al patrimonio público y un perjuicio a la comunidad local.

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