Boletín 690

Procuraduría suspendió a concejal de Cimitarra, Santander

Fuente: PGN
Fecha Publicación:

  • La decisión de primera instancia quedó en firme por cuanto los sujetos procesales no interpusieron recurso contra la misma.

La Procuraduría Provincial de Vélez (Santander) dejó en firme la suspensión por cinco meses contra Elizabel Gil Peña, en su condición de concejal de Cimitarra (Santander).

El ente de control evidenció que la disciplinada incurrió en violación al régimen de inhabilidades por posesionarse como miembro del concejo el 2 de enero/12, a pesar de que para esa época su hermano siendo representante legal del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cimitarra, administró recursos de la sobretasa bomberil.

El fallo sancionatorio señala que, en cumplimiento de la Ley 322/96, el miembro del Cuerpo de Bomberos suscribió, dentro del año anterior a su elección, el convenio 096 con el objeto de impulsar programas de interés público para apoyar al cuerpo de bomberos voluntarios, actuación con la cual se afectó el presupuesto de rentas y gastos del municipio de Cimitarra, correspondiente a la vigencia fiscal 2011.

Con este comportamiento se contrarió lo consignado en el numeral 4 del Artículo 43 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 40 de la ley 617 de 2000, que establece que estará inhabilitado como concejal quien tenga vínculo de parentesco en segundo grado de consanguinidad con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio o quienes dentro del mismo lapso hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones.

El auto sancionatorio señala que la funcionaria vulneró, además, el principio de transparencia consagrado en el artículo 209 de la Carta Política y manifestó que los intereses personales de quien aspira a ejercer un cargo público no pueden estar por encima de los intereses de la sociedad.

La Procuraduría calificó la falta de Gil Peña como grave cometida a título de culpa grave.

La decisión de primera instancia quedó en firme por cuanto los sujetos procesales no interpusieron ningún recurso.

El Ministerio Público remitió copia de la diligencia de ratificación y ampliación de la queja a la Personería de Cimitarra para que indague respecto de las presuntas irregularidades cometidas en la Empresa de Servicios Públicos, y la conducta del secretario de Gobierno municipal.

CCJ/ram

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