RESOLUCIÓN 211 DE 2023
(mayo 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se modifica la Resolución No. 377 del 9 de noviembre de 2022.
LA PROCURADORA GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 275 de la Constitución Política establece que la Procuradora General de la Nación es la suprema directora del Ministerio Público y, en virtud del artículo 277, ejerce sus funciones por sí o por medio de sus delegados y agentes.
Que el Decreto Ley 1851 de 2021 modificó el Decreto Ley 262 de 2000, cambió la estructura de funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación, definió un nuevo régimen de competencias interno y denominó las procuradurías delegadas y las salas disciplinarias.
Que los numerales 2 y 7 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000(1) facultan a la Procuradora General de la Nación para formular políticas generales en materia de vigilancia preventiva y actuación ante autoridades judiciales y administrativas, y para expedir los actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad. Por su parte, el numeral 8 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000(2) le permite distribuir las funciones y competencias de la entidad entre las distintas dependencias y los servidores de esta, atendiendo a criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por la necesidad del servicio se requiera.
Que el artículo 2 del Decreto Ley 262 de 2000(3) dispuso la denominación de las salas disciplinarias y de las procuradurías delegadas. Así, estableció en el numeral 1.4.4. las Procuradurías Delegadas con Funciones Mixtas.
Que la Resolución No. 377 de 2022 clasificó las procuradurías delegadas, según la naturaleza dispuesta en el Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021, y les asignó funciones y competencias específicas. En particular, el artículo 9 asignó funciones y competencias a las procuradurías delegadas con funciones mixtas, entre estas, a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios.
Que el artículo 79 de la Constitución Política establece el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y el deber del Estado de proteger la diversidad e integridad del ambiente y conservar las áreas de especial importancia ecológica. En efecto, el artículo 277 precisa que una de las funciones de la Procuraduría General de la Nación es defender los intereses colectivos, en especial el ambiente, así como velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas.
Que el artículo 80 de la Constitución Política indica que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para garantizar su desarrollo sostenible e, igualmente, deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental.
Que el artículo 1 del Código de Minas (Ley 685 de 2001) determina que el aprovechamiento de los recursos mineros de propiedad estatal y privada se realizará "en forma armónica con los principios y normas de explotación racional de los recursos naturales no renovables y del ambiente, dentro de un concepto integral de desarrollo sostenible", de tal manera que el Estado cumpla con su deber de protección a la diversidad e integridad del ambiente.
Que el artículo 2 de la Ley 143 de 1994(4) asigna al Ministerio de Minas y Energía el ejercicio de las funciones relacionadas con el servicio público de electricidad y, puntualmente, la de definir "los criterios para el aprovechamiento económico de las fuentes convencionales y no convencionales de energía, dentro de un manejo integral eficiente y sostenible de los recursos energéticos del país", para que el aprovechamiento económico de cualquier fuente de energía se adelante bajo el principio de desarrollo sostenible.
Que el Sector de Minas y Energía es uno de los más relevantes en la economía del país, situación que se observa en la contribución de la actividad económica de explotación de minas y canteras en el Producto Interno Bruto (PIB)(5). Asimismo, el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) incluye en dicha actividad económica no solo las actividades de explotación minera, sino también las relacionadas con la extracción de petróleo crudo y gas natural.
Que la relación directa entre el sector de ambiente y desarrollo sostenible y el sector de minas y energía, así como la importancia de este último en la economía colombiana, evidencian la necesidad analizar los asuntos minero energéticos desde una óptica integral, que incluya el enfoque ambiental y de desarrollo sostenible.
Que, en razón a lo expuesto, mediante la Resolución 195 de 2023 se asignaron y cambiaron las funciones y competencias específicas previstas en la Resolución No. 377 de 2022 para la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3, para que conozca aspectos relacionados con asuntos ambientales, minero energéticos y agrarios.
Que, con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, se corregirán errores simplemente formales contenidos en el precitado acto administrativo.
Que, en mérito de lo expuesto, la Procuradora General de la Nación,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. MODIFICAR el numeral 34 del artículo 2 de la Resolución No. 377 de 2022, el cual quedará así:
ARTÍCULO 2. CLASIFICACIÓN DE LAS PROCURADURÍAS DELEGADAS. Las procuradurías delegadas se clasificarán, según la competencia específica que asumen, así:
# | Denominación anterior | De las Procuradurías Delegadas | |
Clasificación de las Procuradurías Delegadas según la naturaleza dispuesta en el artículo 2 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 1 del Decreto Ley 1851 de 2021 | Competencias específicas de las delegadas | ||
1 | Procuraduría 1 Delegada Viqilancia Administrativa | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 1. | Primera para la Vigilancia Administrativa |
2 | Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa y Judicial | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 2. | Segunda para la Vigilancia Administrativa |
3 | Procuraduría Delegada para la Vigilancia Administrativa, Asuntos Sociales v Paz | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 3. | Tercera para la Vigilancia Administrativa |
4 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 4. | Cuarta para la Vigilancia Administrativa |
5 | Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 5. | Para la Economía y la Hacienda Pública |
6 | Procuraduría 1 Delegada para la Contratación Estatal | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 6. | Primera para la Contratación Estatal |
7 | Procuraduría 2 Delegada para la Contratación Estatal | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 7. | Segunda para la Contratación Estatal |
8 | Procuraduría 2 Delegada para la Moralidad Pública | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 8. | Tercera para la Contratación Estatal |
9 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 9. | Cuarta para la Contratación Estatal |
10 | Procuraduría Delegada para las Fuerza Pública y Policía Judicial | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción 10. | Para la Fuerza Pública |
11 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzqamiento 1. | de Juzgamiento 1 |
12 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 2. | de Juzgamiento 2 |
13 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzqamiento 3. | de Juzgamiento 3 |
14 | Dependencia adicionada por el Decreto Ley 1851 de 2021 | Procuraduría Delegada Disciplinaria de Juzgamiento 4. | de Juzgamiento 4 |
15 | Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública | Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 1. | Primera para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública |
16 | Procuraduría Delegada para la Defensa del Patrimonio Público, la Transparencia y la lnteqridad | Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 2. | Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública |
17 | Procuraduría Delegada para las Entidades Territoriales y Diálogo Social. | Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 3. | Para la Gestión y la Gobernanza Territorial |
18 | Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos | Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 4. | Para Asuntos Étnicos |
19 | Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz | Procuraduría Delegada Preventiva y de Control de Gestión 5. | Para el Seguimiento del Acuerdo de Paz |
20 | Procuraduría 2 Delegada para la Casación Penal | Procuraduría Delegada de Intervención 1. | Primera para la Casación Penal |
21 | Procuraduría 3 Delegada para la Casación Penal | Procuraduría Delegada de Intervención 2. | Segunda para la Casación Penal |
22 | Procuraduría 2 Delegada para la Investigación Juzgamiento Penal | Procuraduría Delegada de Intervención 3. | Primera para la Investigación y Juzgamiento Penal |
23 | Procuraduría 3 Delegada para la Investigación Juzgamiento Penal | Procuraduría Delegada de Intervención 4. | Segunda para la Investigación y Juzgamiento Penal |
24 | Procuraduría 4 Delegada para la Investigación Juzgamiento Penal | Procuraduría Delegada de Intervención 5. | Tercera para la Investigación y Juzgamiento Penal |
25 | Procuraduría 1 Delegada ante el Consejo de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 6. | Primera ante el Consejo de Estado |
26 | Procuraduría 2 Delegada ante el Consejo de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 7. | Segunda ante el Consejo de Estado |
27 | Procuraduría 3 Delegada ante el Consejo de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 8. | Tercera ante el Consejo de Estado |
28 | Procuraduría 4 Delegada ante el Consejo de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 9. | Cuarta ante el Consejo de Estado |
29 | Procuraduría 5 Delegada ante el Conseio de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 10. | Quinta ante el Consejo de Estado |
30 | Procuraduría 6 Delegada ante el Conseio de Estado | Procuraduría Delegada de 1ntervención 11. | Sexta ante el Consejo de Estado |
31 | Procuraduría 7 Delegada ante el Consejo de Estado | Procuraduría Delegada de Intervención 12. | Séptima ante el Consejo de Estado |
32 | Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 1. | Para la Defensa de los Derechos Humanos |
33 | Procuraduría Delegada para la Restitución de Tierras | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 2. | Para la Restitución de Tierras |
34 | Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Aqrarios | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 3. | Para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios |
35 | Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 4. | Para Asuntos Civiles |
36 | Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 5. | Para el Ministerio Público en Asuntos Penales |
37 | Procuraduría Delegada para la Conciliación Administrativa | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 6. | Para la Conciliación Administrativa |
38 | Procuraduría Delegada para la Salud, la Protección Social y el Trabajo Decente | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7. | Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social |
39 | Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Muier | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 8. | Para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer |
40 | Procuraduría 2 Delegada para la Vigilancia Administrativa | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 9. | Para el Seguimiento a los recursos del Sistema General de Reqalías |
41 | Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 10. | Para la Moralidad y Transparencia Pública |
42 | Procuraduría Delegada con Funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 11. | Con Funciones de Coordinación de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz |
43 | Procuraduría 1 Delegada con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 12. | Primera con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz |
44 | Procuraduría 2 Delegada con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 13. | Segunda con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz |
45 | Procuraduría 3 Delegada con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz | Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 14. | Tercera con Funciones de Intervención para la Jurisdicción Especial para la Paz |
PARÁGRAFO: Las dependencias se identificarán de acuerdo con la competencia atribuida en el presente acto administrativo precedida de la expresión "Procuraduría Delegada".
ARTÍCULO 2. MODIFICAR el numeral 3 artículo 9 de la Resolución No. 377 de 2022, de la siguiente manera:
3. Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas para Asuntos Ambientales, Minero Energéticos y Agrarios: Cumplirá las siguientes funciones:
3.1. De Intervención. Tendrá competencia para ejercer las funciones establecidas en los artículos 27, 28 y 31 del Decreto Ley 262 de 2000, en asuntos ambientales, minero energéticos y agrarios.
Tendrá a su cargo la coordinación de los procuradores judiciales I y II para asuntos ambientales y agrarios, de conformidad con las competencias otorgadas por el artículo 36 del Decreto Ley 262 de 2000, quienes intervienen ante:
3.1.1. Juzgados Administrativos.
3.1.2. Tribunales Administrativos.
3.1.3. Juzgados Civiles del Circuito, Civiles Municipales y Promiscuos.
3.1.4. Sala Civil de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial.
3.1.5. Autoridades administrativas que establezca la ley, en temas de su competencia.
3.1.6. Las demás que establezca la ley.
3.2. Preventiva y de Control de Gestión. Tendrá competencia para ejercer las funciones establecidas en los numerales 1, 2, 5, 6, 7, 8 y 12 del artículo 24 y el numeral 10 del artículo 26 del Decreto Ley 262 de 2000, en asuntos ambientales, minero energéticos y agrarios.
ARTÍCULO 3. Las disposiciones de la Resolución No. 377 de 2022 no modificadas en este acto administrativo seguirán vigentes.
ARTÍCULO 4. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga todas aquellas disposiciones que sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARGARITA CABELLO BLANCO
Procuradura General de la Nación
1. Modificado por el articulo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021.
2. Modificado por el articulo 2 del Decreto Ley 1851 de 2021.
3. Modificado por el articulo 1 del Decreto Ley 1851 de 2021.
4. "[P]or la cual se establece el régimen para la generación, interconexión. transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional, se conceden unas autorizaciones y se dictan otras disposiciones en materia energética".
5. Ver El Boletín Técnico del DANE del 15 de febrero de 2023, alusivo a las Cuentas Nacionales Anuales provisionales del año 2021, httpsV/^www.danegov.co/files/investigaciones/boletines/pib/cuentas-nal-anuales/bol-cuentas-nal-anuales-202 1provisional.pdf en el que el DANE informó que la actividad económica de explotación de minas y canteras tuvo una contribución de 2, 7 puntos porcentuales en el PIB, siendo una de las tres actividades económicas que más contribuye a la economía colombiana