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Resolución 49 de 2007 PGN

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RESOLUCIÓN 49 DE 2007

(febrero 23)

Diario Oficial No. 46.571 de 15 de marzo de 2007

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica la Resolución 200 del 27 de julio de 2006 mediante la cual se les asignan funciones a los Personeros Municipales para actuar ante los Jueces Administrativos.

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Acuerdo numero PSAA06-3805 del 31 de diciembre de 2006, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura dispuso trasladar dos juzgados en el Distrito Judicial Administrativo del Valle del Cauca y cambiar unas nomenclaturas; Que en tal virtud, a partir del 1o de enero de 2007, se trasladó el Juzgado Noveno del Circuito Administrativo de Cali, al Circuito Judicial Administrativo de Cartago, como Juzgado Unico del Circuito Administrativo de Cartago; y el Juzgado Dieciséis del Circuito Administrativo de Cali, al Circuito Judicial Administrativo de Buga, como Juzgado Segundo del Circuito Administrativo de Buga;

Que a partir del 11 de enero de 2007, se dispuso el cambio de denominación del Juzgado Unico del Circuito Administrativo de Buga, por el de Juzgado Primero del Circuito Administrativo de Buga;

Que en los términos del artículo 180 del Decreto 262 de 2000, son agentes del Ministerio Público el Viceprocurador General, los Procuradores Delegados, los Procuradores Judiciales y los Personeros Municipales y Distritales;

Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 168 y 178 de la Ley 136 de 1994, las personerías municipales ejercen las funciones de Ministerio Público que les confieren la Constitución, la ley y las que les delegue la Procuraduría General de la Nación, bajo su dirección suprema, ante las autoridades judiciales o administrativas;

Que en aras de continuar realizando la intervención del Ministerio Público ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, en los mismos niveles de eficiencia, eficacia que la han caracterizado, resulta conveniente designar como agentes del Ministerio Público ante los Juzgados Primero y Segundo del Circuito de Buga, así como ante el Juzgado Unico del Circuito Administrativo de Cartago, a los Personeros Municipales de estos mismos municipios, por cuanto allí no existen Procuradores Judiciales para asuntos administrativos,

RESUELVE:

PRIMERO. Modificar el artículo 1o de la Resolución 200 del 27 de julio de 2006, expedida por este despacho, mediante la cual se asignan funciones a los Personeros Municipales para actuar ante los Jueces Administrativos, delegándole la representación del Ministerio Público en los procesos que se tramiten en los Juzgados Primero y Segundo del Circuito Administrativos de Buga, al Personero Municipal de Buga (Valle del Cauca).

SEGUNDO. Modificar el artículo 1o de la Resolución 200 del 27 de julio de 2006, expedida por el Procurador General de la Nación, mediante la cual se asignan funciones a los Personeros Municipales para actuar ante los Jueces Administrativos, delegándole la representación del Ministerio Público en los procesos que se tramiten en el Juzgado Unico del Circuito Administrativo de Cartago, al Personero Municipal de Cartago (Valle del Cauca).

TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la contenida en la parte pertinente del artículo 1o de la Resolución 199 <sic, el editor considera que se refiere a la Resolución 200 de 2006> del 27 de julio de 2006.

Publíquese y cúmplase.

El Procurador General de la Nación,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

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