RESOLUCIÓN 211 DE 2026
(agosto 6)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de (a cual se modifica y adiciona el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación y se adoptan otras determinaciones.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las previstas en los numerales 7 y 36 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2o. del Decreto Ley 1851 de 2021, en el artículo 22 del Decreto Ley 263 de 2000 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 122 de la Constitución Política dispone "No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en leyó reglamento (...)"
Que el artículo 125 Constitucional dispone que los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera, exceptuando de esta regla los cargos de elección popular, los de Libre nombramiento y remoción, los correspondientes a trabajadores oficiales y aquellos que la ley establezca de manera expresa. En consecuencia, los empleos cuyo mecanismo de provisión no haya sido definido por la Constitución o por la ley deberán proveerse mediante concurso público.
Que conforme al artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, por tanto, la actualización del Manual de Funciones constituye un instrumento de gestión administrativa orientado a garantizar el adecuado cumplimiento de los fines esenciales del Estado.
Que el artículo 279 constitucional precisa que La ley determinará lo relativo a la estructura y funcionamiento de la Procuraduría General de la Nación, regulará el ingreso y concurso de méritos, el retiro del servicio, así como las inhabilidades, incompatibilidades, denominación, calidades, remuneración y régimen disciplinario de todos sus funcionarios y empleados.
Que el Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021, estableció entre otras, la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público y su régimen de carrera.
Que el Decreto Ley 263 de 2000 fijó los requisitos de los empleos de la entidad incluidos los del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Que el Decreto 264 de 2000 prevé el sistema de clasificación y nomenclatura, y la naturaleza de las funciones de los empleos de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Que el Decreto Ley 265 de 2000, adicionado y/o modificado por el Decreto Ley 4795 de 2007, Ley 1367 de 2009, Decreto Ley 2247 de 2011, Decreto Ley 1512 de 2018 y el Decreto Ley 1851 de 2021, establece la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación incluida la del Instituto de Estudios del Ministerio Público.
Que el numeral 7 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2o. del Decreto Ley 1851 de 2021, faculta al Procurador General de la Nación para expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la Ley.
Que, adicionalmente, el numeral 36 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el artículo 2o. del Decreto Ley 1851 de 2021, otorga la potestad al Procurador General de la Nación para expedir los planes indicativos y de acción de la entidad, así como los manuales de control interno de gestión, de funciones y requisitos específicos y de procedimientos.
Que, el artículo 22 del Decreto Ley 263 de 2000 dispone: "Expedición. Corresponde al Procurador General de la Nación la adopción, adición, modificación o actualización del manual específico de funciones y de requisitos mediante resolución". Asimismo, el inciso final del artículo 23 ibidem indica que la Oficina de Planeación, en coordinación con la Oficina de Selección y Carrera, deben elaborar el proyecto para la adopción, actualización, modificación o adición del manual de funciones y requisitos.
Que el artículo 2o. del Decreto 264 de 2000 define el empleo como "el conjunto de funciones que una persona natural debe desarrollar y las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo y los fines de la Procuraduría General de la Nación".
Por su parte, el artículo 3o. ibidem señala que los empleos de la Procuraduría General de la Nación, incluidos los del Instituto de Estudios del Ministerio Público, se clasifican en los siguientes niveles jerárquicos: Directivo, Asesor, Ejecutivo, Profesional, Técnico, Administrativo y Operativo, atendiendo a las funciones generales, las responsabilidades y Los requisitos propios exigidos para su desempeño.
Que, el artículo 10 del Decreto Ley 263 de 2000 establece: "Disciplinas académicas. Para los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación y terminación de estudios en educación superior, en las modalidades de formación técnica, profesional, tecnológica y universitaria, al elaborar el manual específico se determinarán las disciplinas académicas necesarias, teniendo en cuenta las funciones del empleo, de la dependencia o área de desempeño". En este sentido, en las convocatorias a concurso para la provisión de los empleos de carrera, se establecerán las disciplinas académicas específicas que se requieran conocer de acuerdo con las necesidades del servicio y de la entidad.
Que La Ley 2553 de 2025 transformó el Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP) en la Universidad del Ministerio Público, estableció las disposiciones para su transición, organización y funcionamiento, consignando en el parágrafo transitorio del artículo 17 y en el artículo 22:
ARTÍCULO 17. RÉGIMEN PERSONAL (...)
PARÁGRAFO TRANSITORIO: De acuerdo a la transición del Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP) el Procurador General podrá distribuir y/o ubicar los empleos de la planta de personal globalizada, en la Universidad del Ministerio Público o entre las distintas dependencias de la Procuraduría, de acuerdo con las necesidades del servicio".
"ARTÍCULO 22. VIGENCIA: La presente ley regirá a partir de su sanción y publicación, deroga todas las disposiciones estipuladas respecto del Instituto de Estudios del Ministerio Público en el Decreto Ley 262 de 2000 y demás que le sean contrarias" (Negrilla y subrayada fuera de texto)
Que el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de La Procuraduría General de la Nación, contempla algunos perfiles de empleos con ubicación en el anterior Instituto de Estudios del Ministerio Público, y atendiendo la derogatoria expresa dispuesta en el artículo 22 de La Ley 2553 de 2025 (arriba transcrita) se hace necesario adecuar el citado Manual, reubicando dichos perfiles de empleos en el nivel central y en la planta globalizada de la entidad.
Que el Procurador General de la Nación en virtud de lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 17 de la Ley 2553 de 2025, tiene La facultad de distribuir y/o ubicar Los empleos de la planta de personal en la Universidad o entre las dependencias de la Procuraduría General de la Nación de acuerdo con las necesidades del servicio.
Que el numeral 8 del artículo 7o. del Decreto Ley 262 de 2000 modificado por el artículo 2o. del Decreto Ley 1851 de 2021, consagra que el Procurador General de la Nación tiene la facultad de distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de La Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad.
Que dentro de los empleos de los niveles directivo y ejecutivo de la entidad, en el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de la Procuraduría General de la Nación, se tienen contemplados con ubicación en el anterior Instituto de Estudios del Ministerio Público, los perfiles de Director y Jefe de División, los cuales deben ser actualizados en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 2553 de 2025, en el sentido de contemplar un perfil para estos empleos, con ubicación en planta del nivel central de la entidad, tal y como está consagrado en la planta de personal establecida en el artículo 1o. del Decreto Ley 265 de 2000, y adicionada por el artículo 26 del Decreto Ley 1851 de 2021, y en concordancia con lo señalado en el artículo 4o. del Decreto 264 de 2000, que establece las funciones generales de los diferentes empleos de la Procuraduría General de la Nación, en los niveles jerárquicos de que trata el artículo 3o. ibidem, dentro de las cuales se encuentran las asignadas a los empleos del nivel directivo y ejecutivo de la entidad.
Que el "Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público" adoptado mediante la Resolución No. 253 del 9 de agosto de 2012, ha sido modificado, adicionado y/o actualizado mediante las Resoluciones 203 de 2013, 413 de 2014, 321 de 2015, 380 de 2015, 381 de 2015, 115 de 2022, 039 de 2022, 402 de 2022, 419 de 2023, 127 de 2024 y la 056 de 2026.
Que en atención a la función asignada a la Oficina de Planeación en el numeral 7 del artículo 11 del Decreto Ley 262 de 2000, se realizó la revisión del Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la planta de personal de la Entidad, en coordinación con la Oficina de Selección y Carrera, la División de Gestión Humana y el Grupo Estratégico de Planta de Personal, como resultado de esta revisión, se determinó la necesidad de actualizar y modificar algunos perfiles de nivel directivo, asesor, ejecutivo y profesional de los siguientes cargos: Directivo (ODI-EB), Nivel asesor 1AS-21, 1AS-19; Jefe de División 2JD-22, Profesional Universitario 3PU-18, 3PU-17, 3PU-15, respectivamente.
Que las modificaciones al Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la planta de personal de la Entidad responden a criterios de razonabilidad, proporcionalidad y necesidad del servicio, atendiendo la naturaleza de las funciones asignadas a cada empleo, el nivel jerárquico correspondiente y el impacto institucional de las decisiones que deben adoptar sus titulares.
Que la actualización de funciones, conocimientos y disciplinas académicas no implica la creación de nuevos empleos, no altera la naturaleza jurídica de los empleos, ni su nivel jerárquico, ni el sistema de nomenclatura y clasificación, tampoco afecta situaciones jurídicas consolidadas, derechos adquiridos o expectativas legítimas de los servidores públicos, sino que constituye un ejercicio legítimo de la facultad de organización administrativa, orientado a optimizar el cumplimiento de Las funciones constitucionales y legales de la entidad, de conformidad con el régimen de carrera previsto en el Decreto Ley 262 de 2000 y demás normas concordantes.
Que Las modificaciones adoptadas se fundamentan en análisis normativos realizados por La Oficina de Planeación, en coordinación con la Oficina de Selección y Carrera, la División de Gestión Humana de la entidad, los cuales permitieron identificar La correspondencia entre funciones, competencias laborales y disciplinas académicas requeridas para el adecuado desempeño de los empleos objeto de actualización y se realizan en el marco de los Decretos Leyes 262 y 265 de 2000, 1851 de 2021 y Ley 2553 de 2025.
Que como consecuencia de la transformación del Instituto de Estudios del Ministerio público (IEMP) en la Universidad del Ministerio Público con la entrada en vigencia de la Ley 2553 de 2025, en especial teniendo en cuenta lo consagrado en su artículo 22, se hace necesario ajustar y reubicar en el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos los perfiles correspondientes a los empleos que se encontraban distribuidos en el Instituto de Estudios del Ministerio Público.
En mérito de lo expuesto, el Procurador General de la Nación,
RESUELVE
ARTÍCULO 1o. Modificar y adicionar el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de Los empleos de la planta de personal de La Procuraduría General de la Nación, adoptado mediante la Resolución No. 253 de 2012 y sus modificaciones, en lo correspondiente a los cargos de Directivo (0DI-EB), Nivel asesor 1AS- 21,1AS-19; Jefe de División 2JD-22, Profesional Universitario 3PU-18, 3PU-17, 3PU-15.
PARÁGRAFO. Las modificaciones y adiciones al Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de La planta de personal de la Procuraduría General de la Nación se encuentran contenidas en el documento anexo que hace parte integral del presente acto administrativo, el cual se incorporará en la versión 10 del citado manual.
ARTÍCULO 2o. Modificar y Actualizar en el Manual Específico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos, los perfiles de los empleos del Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP), en atención a su transformación en la Universidad del Ministerio Público, conforme a lo dispuesto en la Ley 2553 de 2025.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. La Resolución No. 253 de 2012 y demás actos administrativos que la modifican, adicionan o actualizan que no sean contrarios a la presente Resolución, se mantienen vigentes.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GREGORIO ELJACH PACHECO
Procurador General de la Nación
ANEXO
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES POR COMPETENCIAS LABORALES Y REQUISITOS DE LOS EMPLEOS DE LA PLANTA DE PERSONAL
<Consulta Anexo en el documento original directamente en el siguiente enlace: https://normograma.com/documentospdf/PDF/R_PGN_0211_2026_MANUAL.pdf