RESOLUCIÓN 327 DE 2013
(agosto 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTAS DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026>
Por la cual se modifica parcialmente la Resolución 109 del 03 de abril de 2009
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral 7o de los artículos 7o y 51 del Decreto 262 de 2000 y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con el numera 7o del artículo 7o del Decreto -Ley 262 de 2000 corresponde al Procurador General de la Nación “Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley".
Que el numeral 51 del artículo 7o del Decreto señalado faculta al Procurador General de la Nación a “Expedir el reglamento de seguridad y protección de los servidores y ex servidores de la Procuraduría General de la Nación.”
Que el Procurador General de la Nación, mediante la Resolución No 109 del 03 de abril de 2009 modificó el Reglamento de Protección y Seguridad Personal de los servidores y ex servidores de la Procuraduría General de la Nación y sus familias, adoptado a través de la Resolución 356 del 05 de octubre de 2000.
Que en el numeral 6- del Resolución 109 antes referida se precisa que: "La protección requerida por los ex servidores, en razón del cargo que desempeñaron, deberá ser tramitada ante las autoridades competentes, mediante solicitud motivada para que éstas efectúen los estudios de seguridad correspondientes y se determine su viabilidad".
Que debido a que la Procuraduría General de la Nación, no cuenta con el recurso humano y la infraestructura logística necesaria para brindar la protección de los ex funcionarios y sus familias, este Despacho dispone limitar el período para la prestación del servicio de seguridad a cuatro (4) años, contados a partir de la terminación del vínculo legal y reglamentario.
Que para tal efecto, es deber de la División de Seguridad de la Procuraduría General de la Nación, cada año realizar el estudio del nivel de riesgo derivado de la condición de ex funcionario de la Procuraduría- General de la Nación, a fin de determinar la continuidad o no del esquema de seguridad, sin que bajo ninguna circunstancia dicho beneficio supere los cuatro (4) años antes señalados.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026> Los ex servidores de la Procuraduría General de la Nación y sus familias, que durante el ejercicio del cargo hayan contado con el servicio de esquema de seguridad permanente, tendrán derecho a continuar con este beneficio por un periodo máximo cuatro (4) años, contados a partir de la terminación del vínculo legal y reglamentario.
SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026> Ordenar el retiro de los esquemas de seguridad que disfrutan los ex servidores y sus familias, que a la fecha lleven más de cuatro (4) años con dicho servicio.
TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026> Aquellos ex servidores a los que, en cumplimiento del artículo anterior, se les retire el esquema de seguridad deberán reintegrar de manera inmediata los bienes de propiedad de la entidad asignados para tal fin, para lo cual la División de Seguridad deberá adelantar los trámites pertinentes.
CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026> Comunicar el presente acto administrativo a la División de Seguridad y a los ex servidores Públicos y sus familias que cuenten con el servicio de esquema de seguridad.
QUINTO. <Resolución derogada por el artículo 31 de la Resolución 34 de 2026> El presente Acto Administrativo rige a partir de la fecha y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
ALEJANDRO ORDOÑEZ MALDONADO
Procurador General de la Nación