670 boletín
martes, 8 septiembre 2020 05:55 PM

Procuraduría sancionó con suspensión de nueve meses a un concejal y dos exconcejales de El Dovio, Valle del Cauca

 
Foto ilustrativa tomada de: www.eldovio-valle.gov.co/

 
Bogotá, 8 de septiembre de 2020. La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión de nueve meses al actual concejal de El Dovio, Valle del Cauca, Luis Hernando Cardona Carmona, y a los excabildantes Diego Humberto Vélez Herrera y Franqui Dosvaldo Ocampo Montes (2016 - 2019), por extralimitación de funciones. 
 
La Provincial Cartago reprochó a los disciplinados porque como presidente, primer y segundo vicepresidente, incurrieron en extralimitación de funciones al expedir la Resolución No. 004 de febrero 05 de 2019, por medio de la cual concedieron autorización a la personera del municipio para que despachara desde otra ciudad y desempeñara sus funciones sin que su vida e integridad estuvieran en riesgo. 
 
La Procuraduría encontró que la decisión tomada por los disciplinados únicamente estaba sustentada en una solicitud de Fenalper (Federación Nacional de Personeros), sin que se apoyara en un estudio de riesgo o recomendación emitida por la Unidad Nacional de Protección que lo justificara.
 
Para el órgano de control esta autorización no se encuentra dentro de las atribuciones legales de los investigados ni reglamentaria de los concejos municipales, y ni siquiera en la sesión plenaria de la corporación, llevada a cabo el 4 de febrero de 2019, se observó la aprobación de la mesa directiva.
 
El ente de control recordó que cualquier acción que ejecute un órgano del Estado sin estar previamente indicada en las normas es inconstitucional, y agregó que las actuaciones que provengan de un desbordamiento de la función asignada constituye una extralimitación de la función pública. 
 
La Procuraduría calificó definitivamente la falta como grave a título de culpa grave. Este fallo de primera instancia quedó ejecutoriado debido a que los disciplinados no presentaron recurso de apelación
 
Teniendo en cuenta que los disciplinados ya no ejercen como servidores públicos, la sanción se convertirá en salarios mínimos de acuerdo con el monto de lo devengado al momento de cometerse la falta.

AMBJ/ambj | Fecha Publicación: martes, 8 septiembre 2020 05:55 PM

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