770 boletín
lunes, 5 octubre 2020 10:43 AM

Procuraduría sancionó con suspensión e inhabilidad especial por seis meses a exalcalde y exsecretario de Gobierno de Puerto Nare, Antioquia

 
Foto ilustrativa tomada de Caracol Radio

*Nota del 7 de abril de 2022:* La Procuraduría Regional de Antioquía decretó en fallo de segunda instancia la nulidad del proceso disciplinario adelantado contra el señor Juan David Londoño García, porque la actuación se encontró viciada de nulidad, según el numeral 2 del artículo 143 de la Ley 734 de 2002.


Así mismo, la Procuraduría Provincial de Puerto Berrio con oficio del 15 de septiembre de 2021 notificó al apoderado del señor Juan David Londoño García el auto de archivo definitivo de la investigación disciplinaria.

Consulte en este enlace el archivo y nulidad del proceso 

Bogotá, 5 de octubre de 2020. La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión por seis meses e inhabilidad especial al exalcalde de Puerto Nare, Antioquia, Juan David Londoño García, y al exsecretario de Gobierno del municipio, Franklin Portillo Gómez (2012 - 2015), por irregularidades en el ejercicio de sus funciones.  
 
La Provincial de Puerto Berrío encontró que los disciplinados inobservaron el régimen de inhabilidades e incompatibilidades, al suscribir en 2015 cinco contratos por más de $300 millones con la Fundación Más Oportunidades, cuyo representante legal era cónyuge de la personera del municipio.   
 
Se trata de los negocios jurídicos 182 y 184 del 24 de junio de 2015 por $116´550.000 y $162´462.000 respectivamente, y los contratos SAMC – 080 del 22 de junio por $7.498.000, SAMC – 084 del 26 de junio por $18´027.000, SAMC – 092 del 17 de julio por $17’974.600.  
 
El órgano de control estableció que el alcalde y el secretario de Gobierno actuaron con desconocimiento de los principios que rigen la actividad contractual del Estado, en este caso, el de moralidad que, por haberse suscrito los negocios jurídicos con violación al régimen de inhabilidades, se afectó el interés general y los fines de la contratación, especialmente los derechos de la comunidad a concurrir libremente y en condiciones de igualdad al acceso a la prestación de servicios con la administración municipal.  
 
En fallo de primera instancia la Procuraduría calificó la conducta de los exfuncionarios como gravísima a título de culpa grave. 
 
Contra esta decisión los apoderados de los disciplinados presentaron recurso de apelación que será resuelta en segunda instancia por la Regional Antioquia.

AMBJ/ambj | Fecha Publicación: lunes, 5 octubre 2020 10:43 AM

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