204 boletín
viernes, 1 abril 2022 02:18 PM

POR ACCIÓN DE LA PROCURADURÍA, TRIBUNAL DE RISARALDA AMPARÓ LOS DERECHOS COLECTIVOS DE LOS HABITANTES DEL GUAYABITO BAJO EN SANTA ROSA DE CABAL, RISARALDA

 
PGN

  • El despacho judicial declaró la omisión por parte de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda y de la empresa Agrosan SAS. para ejercer las acciones tendientes a evitar la generación de olores ofensivos por las actividades realizadas en las bodegas de almacenamiento de subproductos cárnicos.

Bogotá, D. C., 1 de abril de 2022 (@PGN_COL). Por acción popular presentada por la Procuraduría General de la Nación, el Tribunal Contencioso Administrativo de Risaralda amparó los derechos colectivos de los habitantes del barrio Guayabito Bajo del municipio de Santa Rosa de Cabal, Risaralda, afectados por los olores ofensivos ocasionados por la empresa Agropecuaria San Fernando (Agrosan SAS).
 
El despacho judicial acogió los argumentos expuestos por la Procuradora 28 Judicial II Ambiental y Agraria de Pereira, y declaró la omisión por parte de la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (Carder) y de la empresa para ejercer las acciones tendientes a evitar la generación de olores ofensivos por las actividades realizadas en las bodegas de almacenamiento de subproductos cárnicos.  

En este sentido exigió a la Carder implementar en forma completa la Resolución No. 1541 del 12 de noviembre de 2013 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible “Por la cual se establecen los niveles permisibles de calidad del aire o inmisión, el procedimiento para la evaluación de actividades que generan olores ofensivos y se dictan otras disposiciones”, y efectuar el control, seguimiento y aplicación de las medidas correspondientes frente a la Sociedad Agropecuaria San Fernando SAS.

Adicionalmente, ordenó realizar visitas a las bodegas de Agrosan en los momentos en que se encuentre el subproducto cárnico almacenado, con el fin de determinar si la actividad desarrollada por la empresa requiere permisos de emisión atmosférica y, en caso de ser positivo, esta sociedad deberá suspender la actividad de manera inmediata y tramitar la respectiva autorización.

El tribunal también dispuso que el ente territorial debe garantizar el funcionamiento de las bodegas con los permisos al día y, en caso negativo, imponer las sanciones legales necesarias en razón a su función política y de protección al medio ambiente.  

 

AMBJ/cc | Fecha Publicación: viernes, 1 abril 2022 02:18 PM

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