383 boletín
sábado, 20 junio 2020 12:40 PM

Por solicitud de la Procuraduría, Tribunal de Valle del Cauca ordenó construcción del sistema de agua potable para el municipio de La Cumbre

 

Bogotá, 20 de junio de 2020. Por solicitud de la Procuraduría General de la Nación, el Tribunal Contencioso Administrativo de Valle del Cauca ordenó a Vallecaucana de Aguas S.A. E.S.P., a la gobernación y a la administración de La Cumbre, en coordinación con la empresa de acueducto Acuavalle S.A. E.S.P., tomar las acciones necesarias para terminar la construcción y ampliación del sistema de abastecimiento de agua para el municipio y las poblaciones cercanas de Arboleda, Cordobitas, Pavitas, Tunia y Montañitas.

Ante los argumentos presentados por el Ministerio Público, el tribunal amparó los derechos colectivos de los habitantes de La Cumbre al goce de un ambiente sano, la seguridad y el acceso a una infraestructura de servicios que garantice la salubridad pública, y a que su prestación sea eficiente y oportuna.

Así mismo, ordenó a las entidades dar vía libre a la Fase II del Contrato de Obra N° 2000.13.05.001- 2018, entre Vallecaucana de Aguas S.A. E.S.P. y el Consorcio Vallecaucana 2018 para suministrar agua potable a los corregimientos de Puente Palo y Jiguales y demás comunidades aledañas al municipio de La Cumbre; y adelantar la Fase III en coordinación con los acueductos veredales, a fin de lograr un abastecimiento del recurso hídrico a toda la población.

Por orden del tribunal estos proyectos deberán estar ejecutados a más tardar dentro de los tres años.

El tribunal también ordenó al municipio de La Cumbre iniciar un Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimentos –PSMV– que incluya toda la cabecera municipal y la zona rural del municipio, en coordinación con la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, en su calidad de autoridad ambiental; Vallecaucana de Aguas S.A. E.S.P., como empresa Gestora del Plan de Aguas del Departamento del Valle del Cauca; el departamento del Valle del Cauca, como miembro del Comité Directivo del PAP67-PDA68 del Valle del Cauca, y Acuavalle S.A. E.S.P. como operador del servicio de acueducto en el municipio.

AMBJ/ambj | Fecha Publicación: sábado, 20 junio 2020 12:40 PM

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