537 boletín
sábado, 28 agosto 2021 11:28 AM

Por tutela de la Procuraduría, juez ordenó trasladar a las personas privadas de la libertad que se encuentran hacinadas en el Centro Transitorio de Detención en San Andrés

 
PGN

• Al fallar la tutela interpuesta por la PGN, el juez amparó los derechos fundamentales a la vida, salud, dignidad humana, integridad y al no sometimiento a tratos crueles e inhumanos de las personas que permanecen en el Centro Transitorio de Detención en San Andrés.

• En su decisión, el funcionario judicial conminó a la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a adelantar las acciones necesarias para adecuar o cambiar el inmueble donde funciona el centro transitorio de detención.
 

Bogotá, 28 de agosto de 2021. Al acoger los argumentos de la Procuraduría General de la Nación, el Juez primero Penal del Circuito de San Andrés ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) trasladar a un lugar de reclusión a las personas privadas de la libertad (PPL) que se encuentran en condición de hacinamiento en el Centro Transitorio de Detención ubicado en el sector de la Rocosa. 

Al fallar una tutela interpuesta por la Procuraduría 85 Judicial Penal de San Andrés, en desarrollo de su función de intervención, el juez amparó los derechos fundamentales a la vida, salud, dignidad humana, integridad y al no sometimiento a tratos crueles e inhumanos de las personas que permanecen en el lugar. 

En su decisión, el funcionario judicial conminó a la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina a adelantar las acciones necesarias para adecuar o cambiar el inmueble donde funciona el centro transitorio de detención, para que sus instalaciones cumplan con las condiciones de espacio y distanciamiento requeridas, y de esa forma brinde las garantías necesarias para evitar el hacinamiento de las personas privadas de la libertad que allí se encuentren.  

Igualmente, solicitó a la Gobernación disponer de los elementos esenciales de aseo para esa población, así como determinar y materializar la ruta de prevención, atención y tratamiento para evitar el contagio del covid-19. 

Indicó que en un plazo no mayor a 48 horas se deberá instalar una mesa de trabajo con la participación de las autoridades vinculadas al tema carcelario y la Procuraduría, la cual tendrá como propósito hacer un seguimiento periódico al cumplimiento de las órdenes emitidas en el fallo.   

Finalmente, el juez concedió un plazo de tres meses para que tanto la administración departamental como el INPEC cumplan con las órdenes emitidas, dada la transgresión de los derechos fundamentales de las personas que se encuentran en este lugar.

 

MLN/cc | Fecha Publicación: sábado, 28 agosto 2021 11:28 AM

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