493 boletín
viernes, 5 octubre 2018 11:25 AM

Procuraduría formuló cargos contra gerente del Hospital San Martín de los Llanos, Meta

 
Foto ilustrativa tomada de: https://periodicodelmeta.com

Bogotá, 5 de octubre de 2018. La Procuraduría General de la Nación profirió cargos contra el gerente de la Empresa Social del Estado (ESE) Hospital San Martín de Los Llanos, Meta, Andrés Fernández Cortés y el exsubdirector Administrativo y Financiero, Giovanni Melo Hernández, por presuntas irregularidades en el alquiler de vehículos para la gerencia y la subdirección Administrativa y Financiera de esta institución.

A Fernández Cortés se le endilgó la comisión de dos faltas, la primera, por posiblemente alquilar para su servicio personal un vehículo de propiedad de su padre, quien se encuentra dentro de su primer grado de consanguinidad, y otro para Giovanni Melo, desde el 1º. de octubre de 2016 hasta el 30 de mayo de 2017, que habrían ascendido a un total de $38.000.000.

En segundo lugar, se le cuestionó el presuntamente haber acordado el alquiler del carro del exsubdirector administrativo para realizar diligencias de carácter administrativo, financiero y asistencial, entre los meses de octubre de 2016 y mayo de 2017, sin mediar ningún tipo de contrato.   

Señaló el ente de control que con estas presuntas contrataciones directas entre el gerente y su progenitor, Fernández Cortés y Melo Hernández podrían haber privado a la comunidad de su derecho a participar en este proceso contractual, y a la administración, de contar con ofertas que favorecieran sus intereses y el buen ejercicio de su función pública.

Para el Ministerio Público, el gerente habría podido desconocer el artículo 126 de la Constitución Política que establece que “los servidores públicos no podrán en ejercicio de sus funciones (…), contratar con personas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad (…)”.

Así mismo, los investigados pudieron transgredir el numeral 18 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002 que establece como falta “contraer obligaciones con personas naturales (…) con las cuales se tengan relaciones oficiales en razón del cargo que desempeña violando el régimen de inhabilidades (…)”.

Consideró el Ministerio Público que con esta conducta los implicados podrían haber violado los principios de igualdad, moralidad e imparcialidad.

Las conductas desplegadas por los investigados fueron calificadas en esta etapa procesal como gravísimas, cometidas a título de culpa grave.

 

CCJ/ccj | Fecha Publicación: viernes, 5 octubre 2018 11:25 AM

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