635 boletín
miércoles, 21 agosto 2019 05:40 PM

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 13 años al exalcalde y exsecretario de Planeación de Tolú, Sucre

 
Tomada de: www.elheraldo.co

Bogotá, 21 de agosto de 2019. La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 13 años al exalcalde de Tolú, Sucre (2012-2015), Ariel de Jesús Alvarado Montes, por irregularidades en un contrato para la Construcción y adecuación del parque marino “Acuario Golfo Del Morrosquillo”, en Santiago de Tolú, por valor de $636.713.511.22, que generó un grave daño ambiental.

La Procuraduría Provincial de Sincelejo comprobó que Alvarado Montes suscribió el contrato de obra No COP-STS-005-2013, y ordenó el pago al contratista OLT Constructores.

El ente de control demostró que el disciplinado permitió que se propiciara un grave daño al medio ambiente, porque tenía conocimiento de que el contratista debía entregar el plan de manejo ambiental exigido en los estudios previos, y la presentación de licencias expedidas por la autoridad ambiental, omisión que causó el deterioro de la obra, y la pérdida de especies de flora y fauna marina, por falta de un adecuado mantenimiento preventivo y correctivo.

Así mismo, Alvarado Montes permitió que el contratista se beneficiara con dineros pertenecientes al erario, sin que la obra cumpliera el fin para el cual había sido contratada. También omitió pedir al concejo municipal autorización para cambiar el uso del espacio público donde se encontraba un parque infantil, al convertirlo en un parque marino acuático.

La decisión también cobija al exsecretario de Planeación del municipio, Cristian Darío Barrios Góngora, porque desconoció sus obligaciones como interventor y omitió informar a la administración municipal del incumplimiento del contratista, y tampoco hizo cumplir lo dispuesto en el artículo 6° del Ley 9 de 1989, que establece que “el destino de los bienes de uso público incluidos en el espacio público de las áreas urbanas y suburbanas no podrá ser variado sino por los concejos entre otros, por iniciativa del alcalde”.

El Ministerio Público calificó la conducta de Alvarado Montes y Barrios Góngora como falta gravísima, a título de grave, por quebrantar el principio con lo que transgredió “el principio de legalidad, el debido proceso administrativo, y la eficacia de la función administrativa”.

Contra esta decisión los disciplinados y sus apoderados presentaron recurso de apelación, que será resuelto por la Procuraduría Regional de Sucre.
 

EGT/ccj | Fecha Publicación: miércoles, 21 agosto 2019 05:40 PM

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