233 boletín
sábado, 20 marzo 2021 09:01 AM

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 20 y 10 años a expresidentes del Concejo Municipal de Landázuri, Santander

 
Foto tomada de: https://meridiano70.co

Bogotá, 20 de marzo de 2021. La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 20 y 10 años, a los presidentes del concejo de Landázuri - Santander, Hasveydy López Agudelo y Gil Roberto Rojas Villamil (2016-2019), respectivamente, por irregularidades en contratación. 

En un primer cargo, la PGN demostró que López Agudelo firmó las actas de recibo final y liquidación de un contrato de compraventa de papelería e implementos de oficina en el 2018, avalando el cumplimiento de las obligaciones pactadas, a pesar de quedar un saldo aproximado de $750.000 correspondientes a unos tóner que se habían cambiado por artículos de papelería. 

En segundo lugar, el Ministerio Público comprobó que la disciplinada firmó las actas de recibo final y liquidación de un contrato de suministro de elementos de aseo en el 2018, sin que el objeto se hubiera recibido en su totalidad y además, se apropió de $934.071 y permitió que la contratista se apropiara de cerca de $250.000, sumas que hacían parte de este negocio jurídico. 

Asimismo, el ente de control evidenció que Rojas Villamil consignó información contraria a la realidad, al suscribir las actas de recibo a satisfacción y liquidación de un contrato de compraventa de papelería e implementos de oficina en el 2017 para el funcionamiento de la corporación, en las cuales se indicó que los materiales habían sido entregados en un mismo momento, a pesar de que se suministraron periódicamente. 

La Procuraduría Provincial de Vélez estableció que, al incluir información contraria a la realidad en los documentos públicos, los exfuncionarios municipales incurrieron en la descripción típica de falsedad ideológica en documento público, y que la exconcejala también incurrió en la descripción típica de peculado por apropiación. 

Las faltas fueron calificadas como gravísimas a título de dolo. Contra la decisión de primera instancia procede recurso de apelación ante la Procuraduría Regional de Santander. 

Teniendo en cuenta que estos hechos podrían tener implicaciones de tipo penal, se compulsó copia de la decisión a la Fiscalía General de la Nación.

ECCJ/cc | Fecha Publicación: sábado, 20 marzo 2021 09:01 AM

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