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lunes, 26 agosto 2019 02:01 PM

Procuraduría destituyó e inhabilitó por 15 años al director administrativo del Área de Planeación Corporativa de Cúcuta, Norte de Santander

 
Foto ilustrativa tomada de agendaaldia.noticias

Bogotá, 26 de agosto de 2019. La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad por 15 años al director del departamento administrativo Área de Planeación Corporativa de Cúcuta, Norte de Santander, Jose Orlando Joves Paz, por violación al régimen de inhabilidades.

En el fallo de primera instancia también fue sancionado, con destitución e inhabilidad por 10 años para ejercer cargos públicos, el asesor jurídico de la alcaldía de Cúcuta, Jare Leandro Ugarte Mora.

La Procuraduría Provincial de Cúcuta señaló que Joves Paz celebró el Contrato de Consultoría No. 1318 de 2017, con la Unión Temporal Planeando Cúcuta, vulnerando el artículo 8º numeral 2º literal d, de la Ley 80 de 1993.

Así mismo, se halló responsable de adelantar el proceso contractual del Concurso de Méritos Abierto No. SP-CM-006-2017, que dio origen al contrato de consultoría, con desviación de poder ya que de manera irregular adicionó en el pliego de cargos una categoría a los ítems del perfil adicional del equipo de trabajo, lo que permitió la vinculación de un tercero que no contaba con título profesional, especialización, maestría y/o experiencia.

El Ministerio Público señaló que el asesor jurídico no realizó la evaluación legal de la propuesta entregada por la Unión Temporal Planeado Cúcuta, ni el análisis requerido para establecer el grado de consanguinidad que había entre uno de los integrantes de la empresa contratista y una funcionaria de nivel directivo de la alcaldía, omitiendo la normatividad vigente y el cumplimiento de sus funciones.

Ugarte Mora proyectó los pliegos definitivos del proceso contractual Concurso de Méritos Abierto No. SP-CM-006-2017, incluyó las observaciones hechas por el director administrativo y creo un cargo profesional, al que se podía acceder solo con el certificado de terminación de materias, habilitando a una persona sin título profesional ni experiencia para ejercerlo.

Para el ente de control, los investigados incurrieron en desatención de sus funciones y quebrantaron los deberes consignados, vulnerando los principios de transparencia, economía y responsabilidad que rigen y garantizan la función pública.

Las faltas fueron calificadas como gravísimas a título de dolo.

La decisión de primera instancia fue apelada y será resuelta por la Procuraduría Regional de Norte de Santander.

FNP/fnp | Fecha Publicación: lunes, 26 agosto 2019 02:01 PM

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