649 boletín
martes, 27 agosto 2019 10:59 AM

Procuraduría suspendió e inhabilitó al alcalde de Puente Nacional, Santander

 
Tomada de: https://canal1.com.co

Bogotá, 27 de agosto de 2019. La Procuraduría General de la Nación sancionó con suspensión e inhabilidad especial por siete meses al alcalde de Puente Nacional (2016-2019), Santander, Orlando Antonio Niño Mateus, por vender en subasta un bien público que se encontraba legalmente secuestrado por un despacho judicial.

El ente de control evidenció que el mandatario suscribió el contrato 112 del 7 de mayo de 2018, con el objeto de enajenar directamente o a través de subasta los bienes muebles compuestos por maquinaria pesada y vehículos de propiedad de la alcaldía, en la cual se incluyó la motoniveladora Caterpillar que se encontraba legalmente secuestrada dentro de un proceso ejecutivo radicado que cursa en el Juzgado Segundo Administrativo de San Gil.

Para la Procuraduría Provincial de Vélez, con esta actuación Niño Mateus incumplió la medida cautelar impuesta en la resolución judicial para los bienes de la alcaldía, en la cual se advertía sobre la imposibilidad de venderlos, empeñarlos o sujetarlos a cualquier gravamen.

El disciplinado infringió el artículo 454 de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 47 de la Ley 1453 de 2011, que establece que comete fraude a resolución judicial quien “por cualquier medio se sustraiga al cumplimiento de obligación impuesta en resolución judicial o administrativa de policía, incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales”.

El Ministerio Público recordó que los servidores “(…) deben buscar el logro de los objetivos para los cuales fueron nombrados, es decir, servir al Estado y a la comunidad con estricta sujeción a lo dispuesto en la Constitución, la ley y el reglamento (…)”.

La falta se calificó como gravísima cometida a título de culpa grave, por inobservancia del cuidado necesario que cualquier persona del común imprime a sus actuaciones.

Contra la decisión de primera instancia se interpuso recurso de apelación ante la Procuraduría Regional de Santander.
 

CCJ/ccj | Fecha Publicación: martes, 27 agosto 2019 10:59 AM

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