653 boletín
martes, 11 diciembre 2018 05:45 PM

Procuraduría suspendió e inhabilitó por 8 meses a la exgerente y la exdirectora de la E.S.E. Metrosalud de Medellín, Antioquia

 
Foto tomada de www.metrosalud.gov.co


Bogotá, 11 de diciembre de 2018. La Procuraduría General de la Nación suspendió e inhabilitó por 8 meses a la exgerente de la E.S.E. Metrosalud, de Medellín, Antioquia, Martha Cecilia Castrillón Suárez, y a la exdirectora de Talento Humano de la entidad, Lina María Valencia Correa, por extralimitación de funciones.

La Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá comprobó que Castrillón Suárez y Valencia Correa suscribieron un acto administrativo contrario a la Ley, al firmar y aprobar la resolución 939 del 10 de julio del 2015 por medio de la cual dieron por terminada la provisionalidad de una funcionaria, sin causa justificada, al entrar en vigencia la Ley de Garantías Electorales.

La Procuraduría evidenció que las disciplinadas citaron a la funcionaria al despacho de la gerente para informarle de la terminación de su contrato de provisionalidad pese a su buen desempeño, profesionalismo y gran labor, con la posibilidad de que ella presentara la renuncia de manera voluntaria aduciendo que no era bien visto ser declarada insubsistente, opción que fue desvirtuada por ella porque la afectaba, estando en vigencia la mencionada Ley, sin embargo, fue notificada al día siguiente de la terminación de su contrato de provisionalidad.

El ente de control señaló que la Ley 996 de 2005, de Garantías Electorales, prohíbe a las Empresas Sociales del Estado dentro de los 4 meses anteriores a elecciones nombrar o desvincular funcionarios de la nómina, salvo en los casos expresamente exceptuados que son: “…por faltas definitivas, con ocasión de muerte, o renuncia irrevocable del cargo debidamente aceptada, y en los casos de aplicación de las normas de carrera administrativa”.

El ente de control en fallo de primera instancia calificó la conducta de Castrillón Suárez y Valencia Correa como falta grave a título de dolo por suscribir un acto administrativo por el cual desvincularon a una funcionaria de la E.S.E. Metrosalud en vigencia de la Ley de Garantías Electorales, con lo que afectaron el deber de manera sustancial en contravía de los principios que rigen la función pública.

Contra la presente decisión procede recurso de apelación dentro de los tres días siguiente a la notificación ante la Procuraduría Regional de Antioquia.

 

EGT/egt | Fecha Publicación: martes, 11 diciembre 2018 05:45 PM

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