756 boletín
miércoles, 2 octubre 2019 03:16 PM

Procuraduría confirmó la sanción de suspensión a alcaldesa de Puerto Parra, Santander

 
Foto tomada de: http://www.colombiaturismoweb.com

Bogotá, 2 de octubre de 2019. La Procuraduría General de la Nación confirmó la suspensión por 12 meses a la alcaldesa de Puerto Parra, Santander, Elvinia Zarrázola Gómez, por adelantar irregularmente dos procesos contractuales para efectuar el mantenimiento del alumbrado público municipal.

El ente de control demostró que la mandataria se extralimitó en sus funciones al ordenar la apertura de la Selección Abreviada de Menor Cuantía - SAMC 023 de 2017, y suscribir el Contrato de Obra 010 del 4 de enero de 2018, a sabiendas de que el concejo no aprobó los proyectos de acuerdo mediante los cuales se solicitó la autorización de vigencias futuras para estas contrataciones.

A juicio del ente de control, la alcaldesa debió acatar, atender, y aplicar la Constitución Política, así como las demás normas relacionadas con el buen ejercicio de las funciones que el cargo le imponía.

Entre las normas vulneradas se citaron el artículo 71 Decreto 111 de 1996 y el  artículo 12 de la Ley 819 de 2003, que establecen el principio de anualidad del gasto, según el cual el presupuesto debe agotarse del 1º. al 31 de diciembre del mismo año.

A través de esta actuación Zarrázola Gómez asumió compromisos que afectaron vigencias futuras ordinarias, sin justificación alguna, conducta con la cual desconoció el principio de anualidad que rige la materia, además incurrió en un concurso de faltas al modificar mediante adenda la disponibilidad presupuestal.

La funcionaria causó daño social con su conducta, pues a pesar de conocer las disposiciones que regulaban su actuar, obró contrario a derecho, sin dar buen ejemplo y enviando un mensaje errado a la comunidad que representaba.

La falta de Avendaño Ruíz fue calificada como grave cometida a título de culpa grave.

CCJ/jpm | Fecha Publicación: miércoles, 2 octubre 2019 03:16 PM

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