152 boletín
martes, 20 marzo 2018 12:44 PM

Procuraduría suspendió por dos meses a funcionarios de la administración municipal de California, Santander

 
Foto ilustrativa: La Silla Vacía

Bogotá, 11 de marzo de 2018. La Procuraduría General de la Nación suspendió por dos meses al alcalde de California, Santander, Hugo Arnoldo Lizcano Pulido y al secretario General y de Gobierno, encargado de la supervisión del convenio de asociación 062/17, Ludvin Valbuena García Santander, por presuntas irregularidades de tipo contractual y de ejecución.

La Procuraduría Provincial de Bucaramanga señaló en el fallo de primera instancia que el funcionario incurrió en falta disciplinaria al suscribir el convenio dirigido a aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para conmemorar el día del niño, sin que el estudio previo contara con las especificaciones de tiempo, horario, lugar, actividades a realizar y costos del objeto contractual.

Con esta conducta el primer mandatario vulneró el principio de economía expuesto en el numeral 12° del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, modificado por el artículo 87 de la Ley 1474 de 2011 que señala que “Previo a la apertura de un proceso de selección, o a la firma del contrato en el caso en que la modalidad de selección sea de contratación directa, deberán elaborarse estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones, según corresponda".

El ente de control señaló que el secretario General y de Gobierno transgredió el artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, el cual señala que “(…) La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados (…)”.

Agregó que Lizcano Pulido incumplió su función como supervisor por no advertir al municipio que por la forma de contratación elegida no era posible ejercer esta actividad, con lo cual se puso en riesgo la ejecución de este convenio.

Las faltas de los disciplinados fueron consideradas como graves cometidas a título de culpa grave.

Se compulsaron copias para investigar por separado la posible existencia de otras irregularidades surgidas durante la etapa precontractual de este proceso.

Contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Procuraduría Regional de Santander.

CCJ/ram | Fecha Publicación: martes, 20 marzo 2018 12:44 PM

×