RESOLUCIÓN 35 DE 2026
(enero 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
PROCURADURIA GENERAL DE LA NACIÓN
Por medio de la cual se modifican los artículos primero y tercero de la Resolución 288 de 2024
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, principios que orientan el ejercicio del Sistema de Control Interno[1].
Que el numeral 6 del artículo 07 del Decreto Ley 262 de 2000, modificado por el Decreto Ley 1851 de 2021, dispone que el jefe del Ministerio Público puede asignar funciones especiales a las dependencias y empleos de la Procuraduría General de la Nación.
Que el numeral 7 ibidem señala como función del Procurador General de la Nación la de expedir actos administrativos necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley.
Que el numeral 8 del mismo artículo dispone la facultad para distribuir las funciones y competencias de la entidad entre las distintas dependencias y los servidores de esta, atendiendo a criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por necesidades del servicio se requiera.
Que de conformidad con la Ley 87 de 1993, todas las entidades del Estado deben establecer, mantener y perfeccionar un Sistema de Control Interno con el fin de procurar que todas las actividades institucionales se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes.
Que los artículos 2.2.21.1.5 y 2.2.21.1.6 del Decreto 648 de 2017[2], establecen que el Comité Coordinador de Control Interno es un órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno, encargado de asesorar y evaluar el funcionamiento del Sistema de Control Interno.
Que mediante Resolución 861 de 2019, se adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno - MECI de la entidad y se conformó el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, según lo previsto en el Decreto 1083 de 2015.
Que a través de la Resolución 288 de 2024, se delegó la participación del Procurador General de la Nación, se designaron los representantes de los procuradores delegados ante el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y se modificó la Resolución 861 de 2019.
Que el artículo segundo de la Resolución 288 de 2024 estableció la conformación de los miembros del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, así:
"El Procurador General de la Nación o su delegado, quien lo presidirá;
El secretario general;
Cuatro (4) procuradores delegados, en representación de cada una de las áreas misionales: disciplinaria, preventiva, intervención y conciliación, designados por el Procurador General de la Nación;
El Jefe de la Oficina de Planeación.
Parágrafo. El Jefe de la Oficina de Control Interno, participará con voz, pero sin voto y ejercerá la secretaría técnica".
Que el artículo tercero de la Resolución 288 de 2024 designó como representante del área misional de conciliación ante el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civiles.
Que mediante Resolución 277 de 2025 se unificó la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 4. Para Asuntos Civiles, con la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7. Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, atendiendo la estrecha relación normativa y funcional entre el derecho civil, laboral y de seguridad social, creando la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7. para Asuntos civiles, del Trabajo y la Seguridad Social.
Que el Comité Coordinador de Control Interno, como órgano asesor e instancia decisoria en los asuntos del control interno, lo preside el Representante Legal de la entidad o su delegado, lo cual habilita al Procurador General para delegar dicha función en un alto directivo que, por su jerarquía, competencias y responsabilidad funcional, garantice la efectiva coordinación institucional.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el artículo primero de la Resolución 288 de 2024, el cual quedará así:
"ARTÍCULO PRIMERO. DELEGAR en el Viceprocurador General de la Nación la Presidencia del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno de la entidad, en los términos del literal a del artículo decimosegundo de la Resolución 861 de 2019".
ARTÍCULO SEGUNDO. Modificar el artículo tercero de la Resolución 288 de 2024, el cual quedará así:
"ARTÍCULO TERCERO. Designar a los siguientes procuradores delegados como representantes de las áreas misionales disciplinaria, preventiva, intervención y conciliación de la Entidad, en los términos del literal c del artículo décimo segundo de la Resolución 861 de 2019, modificado por el artículo segundo de la Resolución 288 de 2024:
Misional preventiva: Al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 5 para el Ministerio Público en Asuntos Penales.
Misional intervención: Al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 6 para la Conciliación Administrativa.
Misional disciplinaría: Al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 10 Para la Moralidad y la Transparencia Pública.
Misional conciliación: Al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7 para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social".
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar, por intermedio de la Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación, el contenido del presente acto administrativo al titular de la Procuraduría Delegada con Funciones Mixtas 7 para Asuntos Civiles, del Trabajo y la Seguridad Social, así como a los demás integrantes del comité.
ARTÍCULO CUARTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.
COMÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
GREGORIO ELJACH PACHECO
Procurador General de la Nación
1. Ley 87 de 1993, artículo 01.
2. "Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, Reglamentario único del Sector de la Función Pública".