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Resolución 102 de 2018 PGN

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RESOLUCIÓN 102 DE 2018

(marzo 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 236 del 16 de julio 2012 y las Resoluciones que la modifican y se dictan otras disposiciones

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial, de las establecidas en el artículo 277 de la Constitución Política y las previstas en los numerales 7, 8, 37, 38, 40 y el parágrafo único del artículo 7o del Decreto 262 del 22 de febrero 2000, en concordancia con el artículo 7o de la Ley 1367 del 21 de diciembre de 2009 y lo establecido por el artículo 302 de la Ley 1437 de 2011,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Modificar parcialmente el artículo primero de las Resoluciones: números: 236, 259, 287, 359 y 405 2012; 155, 244, 347 y 580 de 2013; 026, 057, 131, 218, 225, 268, 338 de 2014; 022, 088, 122, 206, 263, 379 de 2015, el artículo tercero de la Resolución 480 del 17 de noviembre de 2015, el artículo primero de la Resolución 018 del 21 de enero de 2016, 184, 307, 495, 722 de 2016, atendiendo la distribución que a continuación se señala:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Modificar parcialmente el artículo segundo de las Resoluciones: números: 236, 259, 287, 359 y 405 2012; 155, 244, 347 y 580 de 2013; 026, 057, 131, 218, 225, 268, 338 de 2014; 022, 088, 122, 206, 263, 379 de 2015, el articulo cuarto de la Resolución 480 del 17 de noviembre de 2015, el artículo primero de la Resolución 019 del 21 de enero de 2016; el artículo primero de la Resolución 058, el artículo segundo de la Resolución 184, 307, 495, 722 de 2016 y el artículo primero de la Resolución 301 de 2017, atendiendo la distribución que a continuación se señala:

ARTÍCULO TERCERO.- Las demás disposiciones de las Resoluciones números: 236, 259, 287, 359 y 405 2002; 155, 244, 347 y 580 de 2013; 026, 057, 131, 218, 225, 268, 338 de 2014; 022, 088, 222, 606, 237, 379 de 2015, el artículo cuarto de la Resolución 480 del 17 de noviembre de 2015, el artículo primero de la Resolución 019, el artículo primero de la Resolución 018 del 21 de enero de 2016, 058, 184, 307, 495, 722 de 2016 y 301 de 2017 continuan vigentes.

ARTICULO CUARTO.- Los Procuradores Judiciales para Asuntos Administrativos, también ejercerán la representación del Ministerio Público en el marco de los procesos tramitados ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y que están bajo el conocimiento de la sala de conjueces o jueces ad-hoc, excepta si llegaran a estar incursos en causal de impedimenta o recusación, para tal efecto deberán darle el tramite legal.

ARTCULO CUARTO.- Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y Cúmplase

FERNANDO CARRlLLO FLOREZ,

Procurador General de la Nación

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