Resolución 440 de 2008 PGN
RESOLUCIÓN 440 DE 2008
(octubre 16)
Diario Oficial No. 47.149 de 21 de octubre de 2008
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010>
Por medio la cual se asignan a los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos funciones de intervención ante los Juzgados Administrativos del Circuito, se derogan unas resoluciones y se dictan otras disposiciones.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia (Ley 270 de 1996), en sus artículos 11, numeral 1, literal (b) y 42, contempló como órganos que integran la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los Juzgados Administrativos del Circuito, conjuntamente con los Tribunales Administrativos y el Consejo de Estado;
Que la Ley 446 de 1998, artículo 63, estipuló la creación y entrada en funcionamiento de los Juzgados Administrativos del Circuito, y la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, mediante el Acuerdo número PSAA06-3345 del 13 de marzo de 2006, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, dispuso la creación de doscientos cincuenta y siete (257) juzgados administrativos, distribuidos en 26 departamentos del territorio nacional;
Que las Leyes 393 de 1997, artículo 3o; 446 de 1998, artículo 42; 472 de 1998, artículos 16 y 51 y 678 de 2001, artículo 7o, asignaron competencias a los Juzgados Administrativos para conocer de las acciones de cumplimiento, populares y de grupo; de repetición; tutelas; procesos ordinarios y procesos ejecutivos, entre otros;
Que los Juzgados Administrativos del Circuito entraron en funcionamiento el 1o de agosto de 2006 y que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 277, numerales 1, 3 y 7 de la Constitución Política; 35 de la Ley 446 de 1998; 37 y 44 del Decreto 262 de 2000, corresponde al Ministerio Público, como función misional esencial, la de intervenir, como sujeto procesal especial, cuando sea necesario, en los procesos que se tramitan ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, en defensa del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales;
Que en tal virtud, se expidió la Resolución 199 del 27 de julio de 2006 por medio de la cual se asignaron funciones transitorias de intervención ante los jueces administrativos, a los Procuradores Judiciales II para Asuntos Administrativos, a los Procuradores Judiciales II para Asuntos Ambientales y a los Procuradores Judiciales II Agrarios y para Asuntos del Menor y la Familia, hasta tanto se crearan los cargos de Procuradores Judiciales I, al igual que otras resoluciones que la modificaron o adicionaron, como la Resolución 048 del 23 de febrero de 2007, respecto de la asignación de agentes del Ministerio Público para los Juzgados Administrativos del Valle del Cauca;
Que en el mismo sentido se profirió la Resolución 200 del 27 de julio de 2006, modificada por la Resolución 227 del 18 de agosto de 2006 y 250 del 6 de septiembre de 2007, por medio de las cuales se delegó transitoriamente a los Personeros Municipales la representación del Ministerio Público ante los jueces administrativos radicados en municipios donde no existía procurador judicial para asuntos administrativos;
Que mediante Decreto número 4795 del 12 de diciembre de 2007, se crearon en la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación, cincuenta y cinco (55) cargos de Procuradores Judiciales I Grado 3PJ EG, quienes en lo sucesivo ejercerán la función de intervención ante los Juzgados Administrativos de manera permanente;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277 de la Constitución Política y el artículo 7o, numerales 7 y 8 del Decreto 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación expedir los actos administrativos, órdenes, directrices y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la Ley, así como distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la Ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo, entre otros, criterios de especialidad, tal como lo establece el artículo 31 de la Resolución 017 de 2004;
Que resulta necesario hacer la designación y distribución de los agentes del Ministerio Público que actuarán en lo sucesivo ante los Juzgados Administrativos del Circuito del país, en condiciones de eficiencia, eficacia y equilibrio y en las diferentes etapas de los procesos y acciones que allí se tramitan.
En tal virtud, el Procurador General de la Nación,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010> Asignar a los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos la función y competencia de intervención del Ministerio Público, en los procesos judiciales y en las acciones constitucionales que cursen ante los Juzgados Administrativos del Circuito, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 277, numeral 7 de la Constitución Política y en los artículos 37 y 44 del Decreto 262 de 2000, atendiendo la distribución que a continuación se señala:
<Apartes tachados eliminados y subrayados adicionados según Notas de Vigencia>
Distrito | Distrito o Ciudad | Circuito | Funcionario que intervendrá como agente del Ministerio Público. |
Valle del Cauca | Cali | Juzgados 1 al 7 Administrativos de Cali | Procurador 57 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 8 al 14 Administrativos de Cali | Procurador 58 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados 15 y 16 Administrativos de Cali | Procurador 59 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados 17 y 18 Administrativos de Cali | Procurador 60 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Buga | Juzgados l y 2 Administrativos de Buga | Procurador 59 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Buenaventura | Juzgados l y 2 Administrativo de Buenaventura | Procurador 60 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Cartago | Juzgado Unico Administrativo de Cartago | Procurador 99 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Atlántico | Barranquilla | Juzgados 1 al 4 Administrativos de Barranquilla | Procurador 61 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 5 al 8 Administrativos de Barranquilla | Procurador 62 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados 9 al 12 Administrativos de Barranquilla | Procurador 63 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Arauca | Arauca | Juzgados 1 y 2 Administrativos de Arauca | Procurador 64 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Bolívar | Cartagena | Juzgados 1 al 7 Administrativos de Cartagena | Procurador 65 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 8 al 13 Administrativos de Cartagena | Procurador 66 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Boyacá | Tunja | Juzgados 1 al 3<1> | Procurador 67 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 7 al 14<1> | Procurador 68 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados | Procurador 69 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Santa Rosa de Viterbo | Juzgado Administrativo de Santa Rosa de Viterbo<1> Juzgado | Procurador 67 Judicial I para Asuntos Administrativos<1> Procurador 69 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Caldas | Manizales | Juzgados 1 al 4 Administrativos de Manizales | Procurador 70 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Caquetá | Florencia | Juzgados 1 y 2 Administrativos de Florencia | Procurador 71 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Casanare | Yopal | Juzgados 1 y 2 Administrativos de Yopal | Procurador 72 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Cauca | Popayán | Juzgados 1 al 4 Administrativos de Popayán | Procurador 73 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 5 al 8 Administrativos de Popayán | Procurador 74 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Cesar | Valledupar | Juzgados 1 al 3 Administrativos de Valledupar | Procurador 75 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 4 al 6 Administrativos de Valledupar | Procurador 76 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Chocó | Quibdó | Juzgados 1 a 3 Administrativos de Quibdó | Procurador 77 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Córdoba | Montería | Juzgados 1 al 6 Administrativos de Montería | Procurador 78 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Cundinamarca | Bogotá, D. C. | Juzgados 1 al 4 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 86 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 5 y 6 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 85 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados 7 al 13 Administrativos de Bogotá, D.C. Juzgados 1 al 3 Administrativos de Descongestión de Bogotá<3> | Procurador 84 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados 14 al 19 Administrativos de Bogotá, D. C. Juzgados 4 al 6 Administrativos de Descongestión de Bogotá<3> | Procurador 80 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 20 al 25 Administrativos de Bogotá, D.C. Juzgados 7 al 9 Administrativos de Descongestión de Bogotá<3> | Procurador 87 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 26 al 30 Administrativos de Bogotá, D.C. Juzgados 10 al 12 Administrativos de Descongestión de Bogotá<3> | Procurador 79 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 31 y 32 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 83 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 33 al 35 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 82 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 36 al 38 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 81 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgado 39 al 44 Administrativos de Bogotá, D.C. | Procurador 88 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Facatativá | Juzgado Unico Administrativo de Facatativa | Procurador | |
Girardot | Juzgado Unico Administrativo de Juzgado Administrativo de Descongestión de Girardot <9> | Procurador | |
Zipaquirá | Juzgado Unico Administrativo de Facatativa Juzgado Administrativo de Descongestión <7> | Procurador 83 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Huila | Neiva | Juzgados | Procurador 89 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados | Procurador 90 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Guajira | Riohacha | Juzgados 1 y 2 Administrativos de Riohacha | Procurador 91 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Magdalena | Santa Marta | Juzgado 1 al 3 Administrativos de Santa Marta | Procurador 92 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgado 4 al 7 Administrativos de Santa Marta | Procurador 93 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Meta | Villavicencio | Juzgados 1 a 7 Administrativos de Villavicencio | Procurador 94 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Nariño | Pasto | Juzgados l al 4 Administrativos de Pasto | Procurador 95 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 5 al 8 Administrativos de Pasto | Procurador 96 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Norte de Santander | Cúcuta | Juzgado 1 al 4 Administrativos de Cúcuta | Procurador |
Juzgado 5 y 6 Administrativos de Cúcuta | Procurador | ||
Pamplona | Juzgado Unico Administrativos de Cúcuta | Procurador | |
Quindío | Armenia | Juzgados l al 4 Administrativos de Armenia | Procurador 99 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Risaralda | Pereira | Juzgados 1 y 2 Administrativos de Pereira | Procurador 70 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Risaralda | Pereira | Juzgados 3, y 4 Administrativos de Pereira | Procurador 99 Judicial 1para Asuntos Administrativos |
Santander | Bucaramanga | Juzgados 1 a 6 Administrativos de Bucaramanga | Procurador 100 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 7 a <10> | Procurador 101 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Juzgados <11> | Procurador 102 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Barrancabermeja | Juzgados Unico Administrativo de Barrancabermeja Juzgado Administrativo de Descongestión <5> | Procurador 102 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
San Gil | Juzgados Unico Administrativo de San Gil Juzgado Administrativo de Descongestión <4> | Procurador 101 Judicial I para Asuntos Administrativos | |
Sucre | Sincelejo | Juzgados 1 al 5 Administrativos de Sincelejo | Procurador 103 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 6 al 9 Administrativos de Sincelejo | Procurador 104 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Tolima | Ibagué | Juzgados l al 5 Administrativos de Ibagué | Procurador 105 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 6 al 9 Administrativos de Ibagué | Procurador 106 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Antioquia | Medellín | Juzgados 1 a 6 Administrativos de Medellín | Procurador 107 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 7 al 12 Administrativos de Medellín | Procurador 108 Judicial I para Asuntos Administrativos | ||
Antioquia | Medellín | Juzgados 13 al 18 Administrativos de Medellín | Procurador 109 Judicial I para Asuntos Administrativos |
Juzgados 19 al 24 Administrativos de Medellín | Procurador 110 Judicial I para Asuntos/ Administrativos | ||
Juzgados 25 al 30 Administrativos de Medellín | Procurador 111 Judicial I para Asuntos Administrativos |
ARTÍCULO 2o. FUNCIONES GENERALES. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010> Los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos intervendrán ante las referidas autoridades judiciales en defensa del orden jurídico, del patrimonio público y de los derechos y garantías fundamentales y cumplirán con las atribuciones del Ministerio Público de conformidad con lo señalado en los términos del artículo 35 de la Ley 446 de 1998, modificatorio del artículo 127 del Código Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DE COORDINACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN. La Procuraduría Primera Delegada ante el Consejo de Estado cumplirá las funciones de control de gestión, coordinación y vigilancia de las actividades de intervención ante las autoridades judiciales de los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos, así como las demás atribuciones consagradas en el artículo 36 del Decreto 262 de 2000.
ARTÍCULO 4o. CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 48 de 2009. El nuevo texto es el siguiente:> La actividad conciliatoria extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo en los términos del artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, estará a cargo de los siete (7) Procuradores Delegados ante el Consejo de Estado en los procesos de única instancia que se surtan ante esa Corporación, de los cincuenta y cinco (55) Procuradores Judiciales II para Asuntos Administrativos que actúan ante los Tribunales Administrativos en la capital de cada departamento, y de los cincuenta y cinco (55) Procuradores Judiciales I que actúan ante los Juzgados Administrativos del Circuito de cada Distrito Judicial del país.
PARÁGRAFO 1o. <Ver Notas de Vigencia> El trámite de las solicitudes de conciliación extrajudicial cuyos asuntos sean de conocimiento de los Juzgados Administrativos serán de competencia de los Procuradores Judiciales I, a quienes corresponderá su atención, quedando habilitados para actuar como Agentes del Ministerio Público ante dichos juzgados para efectos del control de legalidad de los acuerdos conciliatorios extrajudiciales tramitados en sus despachos, en los términos del artículo 4o del Decreto 2511 de 1998.
PARÁGRAFO 2o. El trámite de las solicitudes de conciliación extrajudicial cuyos asuntos sean de conocimiento de los Tribunales Administrativos de su respectivo departamento y de los Juzgados Administrativos serán de competencia de los Procuradores Judiciales II, a quienes corresponderá su atención, quedando habilitados para actuar como Agentes del Ministerio Público ante dichos tribunales administrativos y juzgados para efectos del control de legalidad de los acuerdos conciliatorios extrajudiciales tramitados en sus despachos, en los términos del artículo 4o del Decreto 2511 de 1998.
ARTÍCULO 5o. DISPOSICIÓN TRANSITORIA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010> Los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos que se encuentren posesionados al momento de la expedición de la presente resolución, intervendrán de manera inmediata ante los Juzgados Administrativos asignados en el ordinal 1o de esta resolución y relevarán al Agente del Ministerio Público que venía actuando como tal.
Los Procuradores Judiciales II para Asuntos Administrativos, para Asuntos Ambientales y Agrarios y para Asuntos del Menor y la Familia y los Personeros Municipales designados temporalmente para ejercer funciones como agentes del Ministerio Público ante los Juzgados Administrativos del Circuito, continuarán actuando en tal condición, hasta tanto tomen posesión de sus cargos los Procuradores Judiciales I para Asuntos Administrativos que se vinculen a la Entidad con posterioridad a la expedición de la presente resolución.
ARTÍCULO 6o. DEROGATORIAS. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010> La presente resolución deroga expresamente las Resoluciones 199 del 27 de julio de 2006; 227 del 18 de agosto de 2006; 250 del 6 de septiembre de 2007 y demás disposiciones internas que las modifican o adicionan; y deroga parcialmente la Resolución 200 del 27 de julio de 2006, la cual conserva su vigencia en lo que no resulte incompatible con la presente resolución.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. <Resolución derogada por el artículo 8 de la Resolución 99 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
El Procurador General de la Nación,
EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.