Inicio
 
Imprimir

RESOLUCIÓN 260 DE 2019

(febrero 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se asignan funciones a una procuraduría delegada

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En ejercicio de sus funciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo 277 de la Constitución Política; en los numerales 6,7, 8 y 38 del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, y

CONSIDERANDO

Que el Procurador General de la Nación puede ejercer por sí mismo las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo 7o del Decreto Ley 262 de 2000.

Que los numerales 2, 6,7 y 8 del artículo 7o del Decreto Ley 262 de 2000 otorgan al Procurador General de la Nación la facultad para formular políticas generales y los criterios de intervención del Ministerio Público; expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarias para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley; asignar funciones especiales a las dependencias de la Procuraduría, y distribuir las competencias atribuidas en la Constitución o la ley entre las distintas dependencias de la entidad.

Que conforme al numeral 38 del artículo 7o del Decreto Ley 262 de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento, de acuerdo con las necesidades del servicio.

Que mediante la Resolución 17 de 2000 se delegan funciones y competencias del Procurador General de la Nación a las procuradurías delegadas.

Que el numeral 2 del artículo 10 de la Ley 1424 de 2010 “por la cual se dictan disposiciones de justicia transicional que garanticen verdad, justicia y reparación a las víctimas de desmovilizados de grupos organizados al margen de la ley, se conceden beneficios jurídicos y se dictan otras disposiciones”, otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República con el fin de que modifique la estructura orgánica y/o la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, como entidad comprometida en el desarrollo de la implementación de la presente ley, así como para adoptar las medidas presupuéstales a que haya lugar.

Que el parágrafo 2o del artículo 119 de la Ley 1448 de 2011 "Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones" dispuso que la Procuraduría General de la Nación deberá asignar "un número suficiente e idóneo de personal que el Gobierno Nacional proveerá conforme a las facultades extraordinarias previstas en el numeral 2o del artículo 10 de la Ley 1424 de 2010, para cumplir con sus deberes constitucionales y legales, principalmente para atender e intervenir en los procesos de restitución de tierras ante los jueces y Tribunales Superiores de Distrito Judicial."

Que en virtud de lo anterior se expidió el Decreto 2246 de 2011, "Por el cual se modifica la estructura de la Procuraduría General de la Nación”, adicionando los numerales 17 y 18 del artículo 24 y los numerales 9, 9.1, 9.2, 9.3, 9.4, 9.5, 9.6, 10, 11, 11.1, 11.2, 11.3 y 11. 4 del artículo 29 del Decreto Ley 262 de 2000; así mismo, se incorporó el inciso segundo al artículo 29 del último decreto en mención. Lo anterior dada la necesidad de realizar la modificación de la estructura organizacional de la Procuraduría General de la Nación para dar cumplimiento a las funciones señaladas en las Leyes 1424 de 2010 y 1448 de 2011, a efectos de garantizar a las víctimas del conflicto armado, el establecimiento de la verdad, la justicia y la reparación de daños que hayan sufrido por parte de grupos organizados al margen de la ley; así como la adecuada atención, orientación, seguimiento y apoyo que requieran en su gestión ante las entidades competentes encargadas de adelantar los respectivos trámites.

Adicionalmente, en el marco de las mismas facultades extraordinarias mediante Decreto 2247 de 2011 "por el cual se modifica la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación", se crearon dos Procuradurías Delegadas, y una serie de cargos adicionales incluyendo procuradores judiciales I y II.

Que mediante la Resolución 437 de 1 de octubre de 2013 se modificó la Resolución 017 de 2000, y se distribuyeron y asignaron las funciones y competencias preventivas y de control de gestión a la Procuraduría Delegada para el Apoyo a las Víctimas del Conflicto Armado y los Desmovilizados.

Que mediante la Resolución 399 de 29 de septiembre de 2015 se modificó la Resolución 017 de 2000, modificando las funciones de la Procuraduría Delegada para el Apoyo a las Víctimas del Conflicto Armado y los Desmovilizados, cuando se trate de asuntos relacionados con los derechos de las víctimas del conflicto armado y con las personas desmovilizadas de grupos organizados al margen de la ley de manera colectiva o individual.

Que el 24 de noviembre de 2016 se suscribió del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, entre el Gobierno Nacional y las FARC - EP (Acuerdo de Paz).

Que mediante la Resolución 099 de 31 de marzo de 2017 se modificó la Resolución 017 de 2000, cambiando la identificación de la Procuraduría Delegada para el Apoyo a las Víctimas del Conflicto Armado y los Desmovilizados para establecer la Procuraduría Delegada para la Paz y la Protección de los Derechos de las Víctimas y se asignaron funciones relacionadas con la coordinación al seguimiento de los puntos del Acuerdo de Paz: 1: Hacia un Nuevo Campo Colombiano; Reforma Rural Integral; 2: Participación Política: Apertura democrática para construir la paz; 3: Fin del Conflicto; 4. Solución al Problema de las Drogas ilícitas; 5: Acuerdo sobre las Víctimas del Conflicto: “Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición” y Compromiso sobre Derechos Humanos; 6: Implementación, Verificación y Refrendación.

Que mediante el artículo 74 de la Ley 1922 de 2018 "Por medio del cual se adoptan unas reglas de procedimiento para la jurisdicción especial para la paz" se confirieron facultades extraordinarias al Presidente de la República, por el término de seis (6) meses, para reorganizar la estructura y operación y ampliar la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, con el único fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones en el marco de la implementación del Acuerdo de Paz, de conformidad con lo dispuesto en los Actos Legislativos 01 de 2016 y 01 de 2017.

Que de conformidad con las facultades extraordinarias concedidas en la Ley 1922 de 2018, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1511 del 6 de agosto de 2018 mediante el cual se modifica la estructura de la Procuraduría General de la Nación, creando y señalando las funciones de 5 procuradurías delegadas, entre las cuales se encuentra la Procuraduría Delegada para el seguimiento al acuerdo de paz.

Que de conformidad con el Artículo 3 del Decreto 1511 de 2018, la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz desarrollará las funciones allí establecidas, y las demás funciones establecidas por la ley, los estatutos o reglamentaciones internas o las que le sean asignadas, delegadas o encargadas por instancia competente para ello, que estén acorde con el nivel, tipo, grado y propósito del cargo.

Que en este contexto se hace necesario fortalecer las dependencias en la Procuraduría General de la Nación teniendo como centro la consolidación de la paz y la protección de los derechos de las víctimas del conflicto armado a la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

Que por lo anterior se dispone asignar a la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, además de las funciones ya determinadas en el Decreto 1511 de 2018, aquellas que venía asumiendo la Procuraduría Delegada para la Paz y la Protección de los Derechos de las Víctimas de conformidad con la Resolución 017 de 2000.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. MODIFICAR el artículo 1 de la Resolución 017 del 2000, mediante el cual se establecen las procuradurías delegadas a las cuales se delegan, distribuyen y asignan funciones, en el sentido de adicionar:

“La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz''

ARTÍCULO SEGUNDO. MODIFICAR el artículo 2 de la Resolución 017 del 2000, mediante el cual se delegan funciones y competencias preventivas y de control de gestión establecidas en el artículo 24 del Decreto Ley 262 de 2000 en procuradurías delegadas, en el sentido de adicionar:

“La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz”

ARTÍCULO TERCERO. ASIGNACIÓN FUNCIONES Y COMPETENCIAS PREVENTIVAS. MODIFICAR el artículo 18 de la Resolución 017 del 2000, acerca de la distribución de las funciones y competencias preventivas y de control de gestión, en su inciso 10, el cual quedará así:

"La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz ejerce las funciones preventivas establecidas en los numerales 1, 2, 5, 6, 17 y 18 del artículo 24 y numeral 11.4 del artículo 29 del Decreto Ley 262 de 2000, cuando se trate de asuntos relacionados con la coordinación del seguimiento a la implementación de los diferentes puntos del Acuerdo de Paz y cuando se trate de asuntos relacionados con los derechos de las víctimas del conflicto armado y con las personas desmovilizadas de grupos organizados al margen de la ley de manera colectiva o individual.”

ARTÍCULO CUARTO. ASIGNACIÓN FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS. MODIFICAR el artículo 20 de la Resolución 017 del 2000, acerca de la distribución de las funciones y competencias de protección y defensa de los derechos humanos, en sus incisos 7 y 8, los cuales quedarán así:

“La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz ejerce las funciones preventivas establecidas en los numerales 1, 4, 6. 7 y 10 del artículo 26 del Decreto Ley 262 de 2000, cuando se trate de asuntos relacionados con la coordinación del seguimiento a la implementación de los diferentes puntos del Acuerdo de Paz.

Cuando a pesar de la especialidad de las funciones de la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz, en el ejercicio de tales funciones haya coincidencia en temas de competencia de la Procuraduría Delegada para Asuntos Étnicos y la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos Humanos o de otras delegadas, se coordinarán las actuaciones bajo los lineamientos del Procurador General de la Nación y sin perjuicios de la conformación de grupos de trabajo cuando las necesidades así lo aconsejen.”

ARTÍCULO QUINTO. ASIGNACIÓN FUNCIONES DE INTERVENCIÓN ANTE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS. MODIFICAR el artículo 21 de la Resolución 017 del 2000, acerca de la distribución de las funciones de intervención ante las autoridades administrativas, en su inciso 8, el cual quedará así:

La Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz cuando se trate del seguimiento a los puntos de la implementación del Acuerdo de Paz, sin perjuicio de la intervención de las demás procuradurías delegadas frente a los puntos del acuerdo directamente relacionados con sus funciones."

ARTÍCULO SEXTO. IDENTIFICACIÓN. Cualquier mención que se haga en actos administrativos a la “Procuraduría Delegada para la Paz y la Protección de los Derechos de las Víctimas” deberá entenderse que se refiere a la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo de Paz.

ARTICULO SÉPTIMO. COMUNICACIÓN. La Secretaría General de la Procuraduría General de la Nación se encargará de comunicar la presente resolución a las procuradurías delegadas, procuradurías regionales, procuradurías provinciales, Oficina de Planeación, División de Registro y Control y demás dependencias administrativas.

ARTÍCULO OCTAVO. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, incluyendo las Resoluciones 099 de 2017 y 399 de 2015 y las disposiciones pertinentes de la Resolución 437 de 2013.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Guía Preventiva de la Procuraduría General de la Nación"
Última actualización: 8 de diciembre de 2020